DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 15 de julio de 2008 Pág. 13.689

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 142/2008, de 26 de junio, por el que se desafecta del dominio público un inmueble situado en el ayuntamiento de Monforte de Lemos, antigua caseta de peones camineros.

La Comunidad Autónoma de Galicia es titular de las antiguas casetas de peones camineros en virtud del Real decreto 2708/1983 sobre transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de carreteras, que concretamente en su anexo, párrafo F) c) establece que «se traspasan a la Comunidad Autónoma de Galicia los bienes inmuebles afectos a las carreteras transferidas, descritos en la relación 2.3º, especificando parcelas, viveros, almacenes, casetas de peones camineros...anexas a las carreteras transferidas».

El artículo 10.1º de la Ley 3/1985, de 12 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, señala que cuando los bienes y derechos no fuesen necesarios para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación, cesará su naturaleza demanial y adquirirán la condición de patrimoniales, sin perjuicio, en su caso, del derecho de reversión en los términos de legislación de la expropiación forzosa respecto de aquellos bienes adquiridos por este título.

El punto segundo de dicho artículo establece que la desafectación de los bienes de dominio público de la Comunidad Autónoma de Galicia deberá hacerse mediante acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, previa instrucción del expediente por la Consellería de Economía y Hacienda, a instancia de la consellería interesada, y siempre que se acredite la desaparición de las causas justificativas de la afectación.

La Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes manifestó la innecesariedad de este bien para el cumplimiento de los fines determinantes de su afectación.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de veintiséis de junio de dos mil ocho,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se desafecta del dominio público el bien descrito a continuación:

Inmueble situado en el ayuntamiento de Monforte de Lemos, en la carretera Monforte-Castro Caldelas LU-601, p.k. 28, de una superficie registral de 6.000 m2 que cuenta según el registro de la propiedad con una casa con bajo y piso de 40 m2 y un garaje de 60 m2. Linda: norte; Manuel Díaz Rodríguez; sur, riachuelo de Os picos; este, carretera LU-601 de Monforte a Castro Caldelas; oeste, José César Vázquez. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Monforte de Lemos al tomo 745, libro 306, folio 173, predio 31.583. Referencia catastral: 2886024PH2028N0001ZG.

Artículo 2º

El inmueble anteriormente descrito adquiere naturaleza patrimonial.

Disposición final

La Consellería de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría General y del Patrimonio, llevará a cabo todos los trámites necesarios para la efectividad de este decreto.

Santiago de Compostela, veintiséis de junio de dos mil ocho.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

José Ramón Fernández Antonio

Conselleiro de Economía y Hacienda