Adoptado el acuerdo por el Consello de la Xunta de Galicia, en sesión de 28 de agosto de 2008, relativo a la aprobación del Plan Gallego de Acuicultura, resulta necesario dar publicidad al mencionado acuerdo, una vez cumplidos los requisitos del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal.
RESUELVO:
1. Hacer público el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, adoptado en reunión de 28 de agosto de 2008, que a continuación se transcribe:
a) Aprobar el Plan Gallego de Acuicultura promovido por la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos para los efectos previstos en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, como resultado de la revisión del Plan sectorial de los parques de tecnología alimentaria, aprobado por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 30 de junio de 2005, que queda sin efecto.
b) Levantar la suspensión de la tramitación de los siguientes proyectos sectoriales presentados al amparo del Plan sectorial de los parques de tecnología alimentaria, acordada por el Consello de la Xunta de Galicia de 22 de junio de 2006, y continuar su tramitación al amparo del Plan Gallego de Acuicultura:
-Ampliación de una granja marina en Bico da Ran-Cambados (Pontevedra) promovida por Aquacría Arousa, S.L.
-Ampliación de una granja marina en Cabo Vilán-Camariñas (A Coruña) promovida por Stolt Sea Farm, S.A.
-Ampliación de una granja marina y criadero en Meirás-Valdoviño (A Coruña) promovida por Luso Hispana de Acuicultura S.L.
c) Dejar sin efecto el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal denominado Plan de engorde de peces planos de Touriñán, Muxía, promovido por Insuiña, S.L., aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia de 28 de julio de 2005, por incompatibilidad con el Plan Gallego de Acuicultura.
d) Continuar la revisión del proyecto sectorial (Foxo Longo) aprobado por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de acuerdo con las determinaciones del Plan Gallego de Acuicultura.
2. El Plan Gallego de Acuicultura entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo prevenido en el artículo 13.5º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal.
Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2008.
Antonio García Elorriaga
Director general de Recursos Marinos

