En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se hace pública la parte dispositiva del acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, del día 9 de octubre 2008, por el que se aprueba definitivamente el proyecto sectorial del parque empresarial de Riós (Ourense) y el correspondiente proyecto de obras públicas, que literalmente dice:
«1. Aprobar definitivamente el proyecto sectorial del parque empresarial de Riós (Ourense), a los efectos establecidos por la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y por el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal y el correspondiente proyecto de obras públicas.
2. Declarar la utilidad pública e interés social de las obras, instalaciones y servicios previstos, así como la necesidad de ocupación para los efectos de expropiación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del proyecto sectorial del parque empresarial de Riós (Ourense).
3. Declarar de marcado carácter territorial las obras previstas en el proyecto sectorial a los efectos de lo dispuesto en el artículo 11.3º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, y en la disposición final primera de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.
4. Conforme a lo dispuesto en los artículos 24 de dicha Ley 10/1995 y 11.2º del ya citado Decreto 80/2000, se deberá modificar, en su caso, el planeamiento urbanístico municipal para adecuar sus determinaciones al proyecto que se aprueba.
5. El proyecto sectorial de referencia entrará en vigor al día siguiente de la publicación deste acuerdo en el Diario Oficial de Galicia».
Contra el referido acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2008.
Mª Teresa Táboas Veleiro
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda
y Suelo

