DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Jueves, 06 de noviembre de 2008 Pág. 20.256

III. OTRAS DISPOSICIONES

VICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR

ORDEN de 3 de noviembre de 2008 por la que se modifica la Orden de 18 de marzo de 2008, por la que se regulan las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la prestación de servicios sociales por las corporaciones locales y se procede a su convocatoria.

La Orden de 18 de marzo de 2008 por la que se regulan las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la prestación de servicios sociales por las corporaciones locales y se procede a su convocatoria (DOG nº 60, del 28 de marzo), establece, en su artículo 7, un importe total disponible para el ejercicio 2008 de 34.414.748 €, destinado a la financiación de las subvenciones que, al amparo de la misma, podrán ser concedidas a los solicitantes, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de modificaciones presupuestarias.

Al amparo de lo dispuesto en este precepto, ya ha sido incrementado el importe destinado a financiar estas subvenciones por la cuantía adicional de 6.256.802,64 €, a través de la correspondiente orden de modificación, de fecha 23 de abril de 2007 (DOG nº 83, del 30 de abril).

En la actualidad, a consecuencia de la existencia de nuevas disponibilidades presupuestarias que pueden ser utilizadas para los mismos fines, procedentes de una generación de crédito en los presupuestos de gastos de este centro directivo, es necesario ampliar el importe total de las subvenciones que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 18 de marzo de 2008, en la cuantía adicional de 812.147,81 € para el presente ejercicio 2008, con la finalidad de hacer llegar las mismas al mayor número de beneficiarios y con el mayor grado de suficiencia posible para garantizar una adecuada prestación de los servicios sociales por parte de las corporaciones locales.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Se amplía el importe total correspondiente al ejercicio 2008 destinado al financiamiento de las subvenciones que se van a conceder al amparo de la Orden de 18 de marzo de 2008, por la que se regulan las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la prestación de servicios sociales por las corporaciones locales y se procede a su convocatoria, en las siguientes cuantías, aplicaciones presupuestarias y anualidades:

Año 2008:

05.41.313C.760.2 por importe de 812.147,81 €.

2. La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Única.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2008.

Anxo Manuel Quintana González

Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar