DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Miercoles, 26 de noviembre de 2008 Pág. 21.223

III. OTRAS DISPOSICIONES

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2008, de la División de Recursos Económicos, por la que se modifica el plazo de justificación del gasto y abono de las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 22 de agosto de 2008.

La Orden de 22 de agosto de 2008 (DOG nº 170, del 3 de septiembre) regula la concesión de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el mantenimiento de puntos de atención continuada y zonas especiales de urgencias que funcionen en centros de salud de titularidad municipal.

El artículo 8 de la mencionada orden regula la justificación y abono de estas subvenciones, determinando un plazo para la justificación del gasto realizado que está previsto que finalice el día 30 de noviembre.

El mismo artículo establece que tal plazo podrá ser modificado por causas debidamente justificadas, mediante resolución del director general de la División de Recursos Económicos del Servicio Gallego de Salud.

La demora involuntaria en la publicación de la orden y la imposibilidad de reducir los trámites relativos a la valoración de solicitudes imposibilitaron que a esta fecha se concediesen las subvenciones, lo que afectó al plazo de justificación previsto en la orden citada inicialmente.

Debido a que este plazo se considera muy ajustado y, teniendo en cuenta la trascendencia de la documentación que hay que presentar, y con el objeto de garantizar el derecho de los beneficiarios, haciendo uso de las facultades de modificación reconocidas en el artículo 8 de la Orden de 22 de agosto de 2008, esta división

RESUELVE:

Ampliar el plazo de justificación del gasto realizado previsto en artículo 8 de la Orden de 22 de agosto de 2008 hasta el día 15 de diciembre de 2008.

Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2008.

Francisco Pais López

Director general de la División de Recursos Económicos