DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Viernes, 28 de noviembre de 2008 Pág. 21.317

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

ORDEN de 24 de noviembre de 2008 por la que se modifica la Orden de 8 de septiembre de 2008 (Diario Oficial de Galicia número 117, del 12 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.

En el Diario Oficial de Galicia nº 117, del 12 de septiembre de 2008, se publicó la Orden de 8 de septiembre de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano.

En el párrafo primero del artículo 23 de dicha orden se establece que «Una vez realizadas las inversiones los beneficiarios deberán comunicar la finalización de la ejecución de las inversiones antes del día 1 de diciembre».

Debido a diversas dificultades de carácter organizativo y técnico, así como el retraso en la aprobación por el Consejo de Ministros de los fondos comprometidos con los que se podría ampliar la dotación presupuestaria de la orden, hace falta ampliar el plazo de presentación de la documentación de justificación de las inversiones.

En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30.1º.3 del Estatuto de Autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confieren los artículos 7 y 14 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como las competencias que me confiere la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia y la Ley 1/1983, reguladora de la Xunta y de su Presidencia.

DISPONGO:

Artículo único.-Se modifica el párrafo primero del artículo 23º de la Orden de 8 de septiembre de 2008, (DOG nº 177, del 12 de septiembre), por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas para las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y los establecimientos de gestión de subproductos para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados a consumo humano, quedando redactado como sigue:

«Una vez realizadas las inversiones previstas, los interesados deberán comunicar la finalización de la ejecución de la inversión antes del 31 de diciembre de 2008, por escrito, preferentemente en las delegaciones provinciales de la Consellería del Medio Rural o en las oficinas agrarias comarcales. La justificación de la realización de la actividad subvencionada, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se documentará mediante cuenta justificativa del gasto realizado, consistente en una relación documentada que acredite los gastos realizados y sus correspondientes pagos».

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2008.

Alfredo Suárez Canal

Conselleiro del Medio Rural