Mediante la Orden de 26 de abril de 2008, DOG del 13 de mayo, se aprobaron las bases y se procedió a la convocatoria de becas para el curso 2008-2009 destinadas al alumnado universitario gallego, descendiente de gallegos o con residencia familiar en Galicia que, por causa sobrevenida o imprevista, tenga dificultades cultades económicas para continuar estudios.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de las bases de la convocatoria, desde el día 3 al 14 de octubre de 2008 estuvieron expuestas las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas por documentación. Durante ese mismo plazo los interesados pudieron formular las reclamaciones para enmendar errores y falta de documentación ante la Dirección General de Ordenación y Calidad del Sistema Universitario de Galicia.
Transcurrido este plazo, las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la comisión evaluadora nombrada en la propia orden de convocatoria.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta elevada por la citada comisión evaluadora a través de la Dirección General de Ordenación y Calidad del Sistema Universitario de Galicia, esta consellería
RESUELVE:
Artículo 1º
Concederles una beca a los solicitantes que a continuación se relacionan y por la cuantía que en cada caso se indica:
Ver referencia pdf "24000D004P012.PDF"
Artículo 3º
Los/as adjudicatarios/as que figuran en el listado de concedidos deberán presentar en la Dirección General de Ordenación y Calidad del Sistema Universitario de Galicia, en el plazo máximo de diez días naturales posteriores al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:
a) Declaración jurada complementaria de las ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad.
b) Justificante de estar matriculado en el curso 2008/2009 en 50 créditos, como mínimo, en una universidad del SUG o en una universidad pública de fuera de Galicia, siempre que la titulación universitaria que está cursando no sea impartida en alguna de las universidades de esta comunidad autónoma.
Artículo 4º
Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2008.
Laura Sánchez Piñón
Conselleira de Educación y Ordenación
Universitaria

