DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 22 de diciembre de 2008 Pág. 22.774

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE VIVIENDA Y SUELO

ORDEN de 15 de diciembre de 2008 que modifica la Orden de 30 de septiembre de 2008, por la que se determina y amplía el importe máximo de las ayudas que se podrán otorgar en el ejercicio presupuestario de 2008 al amparo del Plan de Vivienda 2005-2008, regulado por el Real decreto 801/2005 y por el Decreto 18/2006, y se fija el límite de su importe plurianual.

El Decreto 18/2006, de 26 de enero, constituye el marco normativo por el que se establecen las ayudas públicas en materia de vivienda a cargo de la Comunidad Autónoma de Galicia y se regula la gestión de las previstas en el Real decreto 801/2005, de 1 de julio, para el período 2005-2008.

Su artículo 6 establece que las ayudas se atenderán de la forma que será establecida mediante órdenes anuales de la Consellería de Vivienda y Suelo que determinarán la aplicación del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Orden de 12 de febrero de 2008 determinaba las aplicaciones del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008, donde figuran los créditos con cargo a los que serán atendidas las ayudas previstas en el citado Decreto 18/2006.

Con fecha de 30 de septiembre de 2008 se aprobó la orden por la que se determina y amplía el importe máximo de las ayudas que se podrán otorgar en el ejercicio presupuestario de 2008 al amparo del Plan de Vivienda 2005-2008, regulado por el Real decreto 801/2005 y por el Decreto 18/2006, y se fija el límite de su importe plurianual. Así, como se indica en el título, se fija el límite plurianual de dichas ayudas, en el caso en que éstas impliquen gasto con cargo a los ejercicios presupuestarios futuros.

Debido a un reajuste de la planificación de las actuaciones a subvencionar, es necesario realizar una acomodación presupuestaria en la que se atiendan estas circunstancias.

Por todo lo expuesto,

DISPONGO:

Artigo único.-Se modifica la Orden de 30 de septiembre de 2008 por la que se determina y amplía el importe máximo de las ayudas que se podrán otorgar en el ejercicio presupuestario de 2008 al amparo del Plan de Vivienda 2005-2008, regulado por el Real decreto 801/2005 y por el Decreto 18/2006, y se fija el límite de su importe plurianual, en el sentido de que el apartado 5 de su artículo único pasa a tener la siguiente redacción:

«Aquellas subvenciones que se concedan en el ejercicio 2008 y que impliquen un gasto con cargo a los ejercicios 2009 y 2010, tendrán los límites siguientes:

a) Y respecto de la aplicación presupuestaria 17.02.451B.741.0, un importe máximo de 1.866.700 € para el año 2009.

b) Respecto de la aplicación presupuestaria 17.02.451B.731.0, un importe máximo de 551.360,41 € para el año 2009 y 781.420,05 € para el año 2010».

Disposición final

Única.- Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2008.

Teresa Táboas Veleiro

Conselleira de Vivienda y Suelo