DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 250 Viernes, 26 de diciembre de 2008 Pág. 23.155

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN parcial de 16 de diciembre de 2008 por la que se adjudican las ayudas del Programa María Barbeito (anexo I), Programa Lucas Labrada (anexo IV) y Programa Isabel Barreto (anexo V) de la Orden de 31 de julio de 2008 (Diario Oficial de Galicia número 156, del 13 de agosto), por la que se convocan las ayudas correspondientes a diversas acciones formativas del Programa de Recursos Humanos, en el marco del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica de Galicia-Incite (2006-2010) para el año 2008.

La orden de la Consellería de Innovación e Industria de 31 de julio de 2008 (DOG nº 156, del 13 de agosto), aprueba las bases que regirán la convocatoria de ayudas correspondientes a diversas acciones formativas del Programa de Recursos Humanos, en el marco del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica de Galicia-Incite (2006-2010) para el año 2008.

En el artículo 3 del anexo I y en los artículos 2 y 3 de los anexos IV y V de la mencionada orden de convocatoria se determinan los requisitos que deberían cumplir los candidatos de las ayudas correspondientes a los programas María Barbeito (anexo I), Lucas Labrada (anexo IV) e Isabel Barreto (anexo V).

La Comisión de Selección establecida en el artículo 9 de las bases generales de dicha orden del 31 de julio de 2008 (DOG nº 156, del 13 de agosto), en su reunión del día 25 de noviembre de 2008, teniendo en cuenta las bases establecidas en la mencionada convocatoria así como los créditos disponibles, acordó:

A) Programa María Barbeito (anexo I de la orden de convocatoria):

1. En aplicación del baremo establecido en el artículo 8 del anexo I de dicha orden de convocatoria, establecer como nota de corte mínima para figurar en la lista de adjudicatarios y/o de suplentes la puntuación mínima de 1,980 puntos. Las solicitudes admitidas definitivamente con una puntuación inferior a 1,980 no acceden a la ayuda.

2. Proponer la concesión de 81 ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que contraten a los solicitantes de una plaza del Programa María Barbeito (anexo I de la orden de convocatoria de 31 de julio de 2008-DOG nº 156) que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, de las cuales 80 corresponden a las universidades del SUG y 1 al CSIC.

3. Proponer una lista de suplentes con los solicitantes que se relacionan en el anexo II de la presente resolución y que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 1,980 puntos, para -en su caso- determinar posibles sustituciones.

B) Programa Lucas Labrada (anexo IV de la orden de convocatoria):

1. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relaciona en el anexo III de la presente resolución.

2. Proponer una lista de suplentes con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 21,0 puntos, para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo IV de la presente resolución.

C) Programa Isabel Barreto (anexo V de la orden de convocatoria):

1. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relaciona en el anexo V de la presente resolución.

2. Proponer una lista de suplentes con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 30,0 puntos, para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo VI de la presente resolución.

En su virtud, y atendiendo a la propuesta elaborada por la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación,

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas correspondientes al Programa María Barbeito (anexo I de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o a sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que contraten a los candidatos seleccionados que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.

Segundo.-Establecer una lista de suplentes para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes de plazas del Programa María Barbeito que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.

Tercero.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el anexo I y II de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima (1,980 puntos) establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de suplentes establecida para -de ser el caso- determinar posibles sustituciones.

Cuarto.-Las 81 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2008, 2009 y 2010 que se indican a continuación, y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 29 de diciembre de 2008:

Ver referencia pdf "25000D004P007.PDF"

Quinto.-Conceder las ayudas correspondientes al Programa Lucas Labrada (anexo IV de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo III de la presente resolución.

Sexto.-Establecer una lista de suplentes para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo IV de la presente resolución.

Séptimo. Las solicitudes correspondientes a grupos de investigación de las universidades del SUG que no figuran relacionadas en el anexo III y IV de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima de 21,0 puntos establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de suplentes establecida para, en su caso, determinar posibles sustituciones.

Octavo.-Las 54 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2008, 2009 y 2010 que a continuación se indican, y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 29 de diciembre de 2008:

Ver referencia pdf "25000D004P007.PDF"

Noveno.-Conceder las ayudas correspondientes al Programa Isabel Barreto (anexo V de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o a sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo V de la presente resolución.

Décimo.-Establecer una lista de suplentes para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo VI de la presente resolución.

Undécimo.-Las solicitudes correspondientes a grupos de investigación de las universidades del SUG y al CSIC e INGACAL que no figuran relacionadas en el anexo V y VI de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no tener alcanzado la puntuación mínima de 30,0 puntos establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de suplentes establecida para, en su caso, determinar posibles sustituciones.

Duodécimo.-Las 60 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2008, 2009 y 2010 que se indican a continuación, y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 29 de diciembre de 2008:

Ver referencia pdf "25000D004P007.PDF"

Decimotercero.-Formalización y duración de los contratos.

1. Publicada la resolución en el DOG, las instituciones y entidades beneficiarias procederán a la contratación de los candidatos seleccionados para sus organismos mediante la formalización de contratos laborales de acuerdo con lo que establece el texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo. En los contratos se deberá hacer referencia expresa a:

a) Su financiación con cargo a los programas María Barbeito, Lucas Labrada o Isabel Barreto -según corresponda- de la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia y su cofinanciación -de ser el caso- por el Fondo Social Europeo.

b) Fecha de incorporación efectiva del beneficiario a su puesto de trabajo.

c) La retribución bruta anual, lugar de prestación de servicios del beneficiario y la duración del contrato.

2. La duración de los contratos será de un máximo de dos años, a desenvolver entre la fecha de firma del mismo, que no será anterior al 29 de diciembre de 2008, y el 30 de diciembre de 2010.

3. De forma genérica, la contratación de los candidatos seleccionados deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de 15 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la correspondiente resolución de adjudicación, y su duración se entenderá entre la fecha de firma del mismo y el 30 de diciembre de 2010.

4. En el caso de beneficiarios no nacionales que, por razones de permiso de trabajo, no pueda producirse su contratación en el plazo establecido en el punto anterior, los contratos deberán firmarse en un plazo máximo de 3 meses, y su duración se entenderá entre la fecha de firma del mismo y el 30 de diciembre de 2010.

5. Excepto en los casos indicados en el apartado anterior, aquellos contratos que no se firmen en el plazo máximo de 15 días establecidos en la correspondiente resolución se entenderá que los correspondientes beneficiarios renuncian a los mismos y serán sustituidos por los correspondientes de la lista de suplentes.

6. A los efectos de posibles interrupciones de sus contratos, el personal contratado al amparo de las ayudas de los Programas de Recursos Humanos estará sujeto a lo establecido en la legislación vigente. Cualquier interrupción de sus contratos debe ser previamente comunicada y autorizada por la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Decimocuarto.-El pago de las ayudas por la Consellería de Innovación e Industria a las instituciones o entidades beneficiarias se realizará de la forma indicada en el anexo correspondiente a cada programa de ayudas (anexo I, anexo IV y anexo V de la orden de convocatoria).

Decimoquinto.-Todas las solicitudes para las que se propone su financiación cumplen los requisitos establecidos en las correspondientes bases de la convocatoria.

Decimosexto.-La inobservancia por parte de los solicitantes beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 31 de julio de 2008 (DOG nº 156, del 13 de agosto) supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Decimoséptimo.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Innovación e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2008.

P.D. (Orden 31-1-2006, DOG nº 24, del 3 de febrero)

Emilio Nogueira Moure

Secretario general de la Consellería de Innovación e Industria

Ver referencia pdf "25000D004P007.PDF"