El Consejo Gallego de Cooperativas, en su sesión plenaria de 12 de noviembre de 2008, acordó aprobar las bases reguladoras de los premios a la cooperación para el año 2009.
En uso de las atribuciones que tengo conferidas por la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, y por el Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas,
DISPONGO:
La publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo referido.
Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2008.
Ricardo Jacinto Varela Sánchez
Presidente del Consejo Gallego de Cooperativas
Acuerdo del Consejo Gallego de Cooperativas de 12 de noviembre de 2008 por el que se convocan los VIII premios a la cooperación
La Constitución española, en su artículo 129.2º, le encomienda a los poderes públicos la promoción de las diversas formas de participación en la empresa y el fomento, mediante una legislación adecuada, de las sociedades cooperativas.
La Comunidad Autónoma gallega asumió la competencia exclusiva en materia de cooperativas en virtud de la transferencia hecha por la Ley orgánica 16/1995, ampliando la recogida en el artículo 28.7º del Estatuto de autonomía de Galicia.
En uso de la referida competencia se dictó la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, la cual reconoce de interés social la promoción y el desarrollo de las sociedades cooperativas, creando el Consejo Gallego de Cooperativas como máximo órgano de promoción y difusión del cooperativismo en la comunidad autónoma, con el encargo de velar por el cumplimiento de los principios cooperativos, por la adecuada aplicación de la ley y por el respecto de las reglas de una gestión correcta y democrática de las cooperativas de Galicia.
Con la finalidad de fomentar y difundir el cooperativismo en la comunidad autónoma, así como para recompensar públicamente la labor que las cooperativas y otras instituciones y personas vienen realizando en este sentido, el Consejo Gallego de Cooperativas consideró adecuado instituir con periodicidad anual los premios a la cooperación.
Por lo que antecede, el Pleno del Consejo Gallego de Cooperativas, en su reunión de fecha de 12 de noviembre de 2008,
ACORDÓ:
Único.-Aprobar las bases por las que se regulan los premios a la cooperación para el año 2009, segundo el anexo que se adjunta.
ANEXO
Bases por las que se regirá la convocatoria de los premios a la cooperación 2009
Primera.-Destinatarios.
Podrán optar a estos premios las cooperativas y las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que hayan realizado un trabajo destacado en el campo del cooperativismo en la Comunidad Autónoma gallega.
Segunda.-Modalidad.
Los premios a la cooperación se convocan bajo las siguientes modalidades:
-Premio a los valores cooperativos.
-Premio al mejor proyecto cooperativo.
-Premio a la promoción del cooperativismo.
Tercera.-Premio a los valores cooperativos.
1. Se otorgará a la cooperativa, entidad o persona que más haya destacado en el impulso de los valores cooperativos en la Comunidad Autónoma gallega.
2. El jurado valorará la trayectoria de los/as candidatos/as, especialmente las actuaciones dirigidas a la aplicación práctica de los principios cooperativos establecidos por la Alianza Cooperativa Internacional y su adecuación al marco socioeconómico gallego.
3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.
Cuarta.-Premio al mejor proyecto cooperativo.
1. Se otorgará al proyecto empresarial cooperativo de especial relevancia, tanto de cooperativas de nueva creación como de las previamente existentes.
2. El jurado tendrá en cuenta la especial relevancia del proyecto, que puede venir determinado tanto por su carácter innovador o de intercooperación como por otras características singulares y por su repercusión en el entorno, especialmente en los campos económico, social y laboral.
3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.
Quinta.-Premio a la promoción del cooperativismo.
1. Se otorgará a la persona o entidad que haya destacado especialmente en el fomento del cooperativismo, tanto por su trayectoria como por actuaciones de carácter puntal que resulten particularmente significativas.
2. El jurado tendrá en cuenta la actividad o actividades realizadas por los/as candidatos/as y su repercusión en la implantación y desarrollo del cooperativismo en Galicia, tanto en sus aspectos cualitativos como cuantitativos, y valorará especialmente a las personas o entidades más destacadas del cooperativismo como manera de reconocer sus trayectorias en este campo.
3. El premio tendrá una dotación económica de 6.000 euros.
Sexta.-Candidaturas, documentación y plazo.
Las candidaturas podrán presentarse, firmadas por el candidato o persona que lo proponga, en la Secretaría del Consejo Gallego de Cooperativas (Consellería de Trabajo, edificios administrativos de San Lázaro, Santiago de Compostela) acompañada de memoria explicativa y documentación justificativa de los valores y méritos alegados.
Se podrá requerir de los interesados aquella información y documentación complementaria que pueda resultar relevante para la evaluación de los méritos alegados, particularmente en relación con la aplicación práctica de los principios y valores cooperativos.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de mayo de 2008.
Séptima.-Jurado.
A efectos de concesión de los premios, actuará como jurado la Comisión Permanente del Consejo Gallego de Cooperativas y su decisión será inapelable.
El jurado podrá declarar los premios desiertos o conceder premios compartidos. De existir premios desiertos, su cuantía se podrá acumular a los premios que se concedan de manera compartida.
Octava.-Entrega de los premios.
Todos los premios serán otorgados por el jurado y se procederá a su entrega en el transcurso del acto público que se celebrará con motivo del día del cooperativismo.
Novena.
La participación en estos premios supone la aceptación incondicional de las presentes bases.

