En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y del artículo 8º.3 de la Orden de 27 de mayo de 2008 (DOG nº 115, del 16 de junio), por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas de prevención del alcoholismo, se procede a la publicación de las subvenciones concedidas en virtud de la referida orden.
Crédito presupuestario: 200.000 con cargo a la aplicación 1301.413A.481.07 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008, distribuidos de la siguiente forma:
a) Para las ayudas destinadas al mantenimiento de los programas y actividades de prevención del alcoholismo que se señalan en el artículo 3º.1: 130.000 .
b) Para las ayudas destinadas a programas innovadores en la prevención del alcoholismo (artículo 3º.2): 70.000 . En caso de que no se llegase a agotar esta cantidad, el sobrante pasaría a incrementar el importe del apartado a).
En lo que se refiere a los beneficiarios, importe y finalidad de la subvención: véase anexo.
Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2008.
Cayetano Rodríguez Escudero
Secretario general del Servicio Gallego de Salud
Ver referencia pdf "00200D012P071.PDF"

