DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Viernes, 23 de enero de 2009 Pág. 1.587

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

SUSTITUCIONES:

VICEPRESIDENCIA DE LA IGUALDAD Y DEL BIENESTAR

ORDEN de 22 de enero de 2009 por la que se dispone que el secretario general de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar se encargue del despacho de los asuntos de la Secretaría General de la Igualdad y de la dirección del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en su artículo 17.1º dispone: «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el órgano competente para el nombramiento de aquéllos.

Si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo la ejercerá quien designe el órgano administrativo inmediato de quien dependa».

Producido el cese de la titular de la Secretaría General de la Igualdad, es necesario adoptar las medidas inmediatas para que, sin perjuicio del posterior nombramiento del nuevo titular de este órgano administrativo, se asegure el correcto funcionamiento del servicio y de los asuntos encomendados a dicho órgano en el artículo 5 del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.

Asimismo, de conformidad con el artículo 1 de la Ley 3/1991, de 14 de enero, de creación del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer, y del artículo 2 del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, este es un organismo autónomo, de carácter administrativo, dependiente de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar y adscrito a la Secretaría General de la Igualdad.

El Decreto 312/1999, de 11 de noviembre, por el que se refunde la normativa existente en materia de mujer, modificado por el Decreto 249/2002, de 18 de julio, regula las funciones que correspondan a su dirección, y no establece regulación o designación relativa a la suplencia de su titular.

De acuerdo con esta regulación y producido el cese del titular de la dirección de dicho organismo autónomo, es necesario adoptar, asimismo, las medidas inmediatas para que, sin perjuicio del posterior nombramiento del nuevo titular, se asegure el correcto funcionamiento del servicio y de los asuntos encomendados.

Por tanto, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, en relación con el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

DISPONGO:

Artículo 1º

El despacho de los asuntos de la Secretaría General de la Igualdad, previstos en el artículo 5 del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, será asumido por el secretario general de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar hasta que se produzca la incorporación del nuevo titular a dicho órgano.

Artículo 2º

El despacho de los asuntos de la dirección del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer, previstos en el Decreto 312/1999, de 11 de noviembre, por el que se refunde la normativa existente en materia de mujer, será asumido por el secretario general de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar hasta que se produzca la incorporación del nuevo titular a dicho organismo.

Artículo 3º

1. Siempre que se ejerzan competencias con base en la suplencia establecida en esta orden, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.

2. La suplencia no implicará alteración de la competencia.

Disposición final

Esta orde producirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de enero de 2009.

Anxo Manuel Quintana González

Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar