El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, nuevos procedimientos, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio (procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia), y queda habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1º, el siguiente procedimiento:
IN532D. Ayudas por daños provocados en los establecimientos turísticos, comerciales, industriales y demás establecimientos mercantiles y en las infraestructuras energéticas de titularidad municipal como consecuencia del temporal de viento acaecido en Galicia el día 23 de enero de 2009.
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de febrero de 2009.
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia

