DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Miercoles, 18 de febrero de 2009 Pág. 3.426

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

ACUERDO de 4 de diciembre de 2008, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se somete a información pública la petición de autorización, la aprobación del proyecto de ejecución y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 08/224-3).

En aplicación de los artículos 125 y 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de aplicación de la Ley 54/1997, del sector eléctrico, se somete a información pública la petición de autorización administrativa, la aprobación del proyecto y la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: A Batundeira, 2, 32960 Velle.

Título: L.M.T., C.T. y R.B.T. derivada Bouzas.

Situación: ayuntamiento de Vilamarín.

Características técnicas: L.M.T. aerosubterránea a 20 kV de 220 m en aéreo, con conductor tipo LA-56 y 42 m en subterráneo, con conductor tipo R.H.Z., con origen en la L.M.T. existente CNO804, Cea, de la subestación de O Carballiño y final en el C.T. proyectado prefabricado Bouzas, de 400 kVA y R/T 20.000/400-230 V. R.B.T. aerosubterránea de 2.104 m en aéreo con conductor tipo R.Z. y 284 m en subterráneo con conductor tipo XZ1 derivada del C.T. proyectado Bouzas. Presupuesto: 95.664,27 euros.

La declaración de utilidad pública, conforme al artículo 54 de la citada ley, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación para los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria ocupación, figura en el anexo.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas, en el plazo de veinte días, a partir de la última publicación o notificación individual, podrán presentar sus alegaciones, por duplicado, en esta delegación provincial, relativas a la corrección de errores, limitaciones a la constitución de servidumbre de paso por líneas eléctricas (artículo 161 del Real decreto 1995/2000) y aquellas otras que se estimen oportunas.

Ourense, 4 de diciembre de 2008.

Xosé Antón Jardón Dacal

Delegado provincial de Ourense

Ver referencia pdf "03400D053P142.PDF"