DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Viernes, 27 de febrero de 2009 Pág. 4.166

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se convocan para el año 2009 las ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera en Galicia.

En el Diario Oficial de Galicia número 107, del 4 de junio de 2008, se publicó la Orden de 2 de junio de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la formación en el ámbito del transporte por carretera en Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2008. Al amparo de esta norma se han concedido subvenciones para realizar un amplio número de acciones formativas en nuestra comunidad, lo que ha contribuido a la modernización del sector del transporte y a la mejora de su competitividad y seguridad.

El éxito de esa experiencia aconseja un nuevo esfuerzo en este campo, manteniendo para el año 2009 la línea de ayudas señalada y elevando su importe. En consecuencia, y de acuerdo con la delegación hecha a favor del titular de la Dirección General de Transportes en la disposición adicional única de la orden citada,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Objeto.

1. Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2009 las subvenciones previstas por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes para la formación en relación con el transporte por carretera en Galicia.

2. Las bases reguladoras de esta convocatoria son las contenidas en la orden de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes de 2 de junio de 2008 (Diario Oficial de Galicia número 107, del 4 de junio), modificada por la Orden de 9 de febrero de 2009.

3. Las subvenciones que se convocan se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 2º.-Créditos presupuestarios y cuantía.

1. La concesión de las ayudas se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 2009.08.04.512A.481.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009, por importe de un millón de euros (1.000.000 €).

No obstante, los anteriores importes deben entenderse sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos del artículo 31.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

2. Las ayudas convocadas podrán cubrir hasta el 100% del coste total de los cursos o seminarios incluidos en el plan formativo, con las limitaciones establecidas en el artículo 2 y concordantes de las bases reguladoras.

Artículo 3º.-Requisitos de los beneficiarios y solicitudes.

1. Los requisitos que deberán reunir los beneficiarios son los enumerados en el artículo 3 de las bases reguladoras.

2. Para poder ser beneficiario de las subvenciones deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado incluido como anexo I de esta resolución; con ella se acompañarán, además, los documentos que se especifican en el artículo 4.4º de las bases reguladoras, incluida la descripción del plan formativo, que se ajustará al anexo II de esta resolución.

Artículo 4º.-Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el registro auxiliar de la Dirección General de Transportes de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes (plaza de Europa, 5-2º planta, Área Central-As Fontiñas, Santiago de Compostela). Podrán, asimismo, presentarse por los restantes medios previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de marzo de 2009, incluido.

Artículo 5º.-Plazo de duración del procedimiento de concesión.

1. Una vez finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, éstas serán tramitadas de acuerdo con el procedimiento establecido en las bases reguladoras y valoradas de acuerdo con los criterios recogidos en el artículo 10 de éstas.

2. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de cuatro meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que se establece en el artículo 4.2º de esta convocatoria.

3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de las bases reguladoras, antes del 20 de diciembre de 2009 los beneficiarios deberán poner a disposición del órgano instructor la justificación completa de los gastos correspondientes a la actividad subvencionada.

Artículo 6º.-Órganos competentes y resolución.

1. La Subdirección General de Ordenación del Transporte será el órgano competente para instruir el procedimiento de concesión de estas ayudas, y corresponderá a la directora general de Transportes resolver, por delegación de la conselleira, los procedimientos de concesión y aprobación del gasto.

2. La resoluciones pondrán fin a la vía administrativa, y contra ellas podrán interponerse los recursos previstos en el artículo 12 de las bases reguladoras, así como cualquier otro que el interesado considere procedente.

3. La concesión o la denegación de la ayuda será notificada al solicitante de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Adicionalmente, las ayudas concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de concurrir los supuestos previstos en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y, en todo caso, en la página web de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, en el apartado de Transportes.

Artículo 7º.-Información a los interesados.

Sobre este procedimiento administrativo se podrá obtener documentación normalizada o información adicional en la Dirección General de Transportes, a través de los siguientes medios:

a) Su página web oficial (http://www.cptopt.xunta.es/portal).

b) Los teléfonos 981 54 45 02 y 981 54 45 85 de dicha dirección general.

c) La dirección electrónica formacion.transportes@xunta.es.

Disposición final

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2009.

P.D. (Orden de 2-6-2008)

Mar Chao López

Directora general de Transportes

Ver referencia pdf "04100D003P026.PDF"

Ver referencia pdf "04100D004P031.PDF"