El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquella asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación sociocultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.
La Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar en virtud del Decreto 517/2005, de 6 de octubre, por el que se establece su estructura orgánica, es el órgano competente de la Administración autonómica al que le corresponde el ejercicio de las competencias y funciones en materia de, entre otras, el apoyo al desarrollo de la actividad juvenil, que lleva a cabo a través de la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
Por lo expuesto, la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega convoca una serie de actividades que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y que constituyen el programa Gzcrea 2009.
Por todo esto,
DISPONGO:
Capítulo I
Parte general
Artículo 1º.-Objeto.
Esta orden tiene por objeto establecer las bases que rigen el programa Gzcrea 2009, que convoca la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar y que incluye las especialidades de teatro, artes plásticas, moda, música, relato breve, poesía, videocreación, cómic, graffiti, carteles y diseño de joyas.
Artículo 2º.-Presupuesto.
Las actividades que impliquen el desarrollo de este programa serán costeadas con cargo a la partida presupuestaria 05.42.313A.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009, con una cuantía de 118.066 euros.
Artículo 3º.-Destinatarios.
1. Podrán solicitar la participación los jóvenes gallegos o residentes en Galicia, no profesionales, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2009, excepto lo establecido en el capítulo II según cada especialidad.
2. No podrán participar en una especialidad aquellas personas que hubiesen ganado el primer premio de esa misma especialidad en la edición del año anterior.
3. Se entiende por profesional para los efectos de la presente disposición, aquella persona que mantiene una relación contractual permanente u ocasional con alguna empresa vinculada a la especialidad concreta en la que solicita participar llevando a cabo trabajos directamente relacionados con ella, o que está dado de alta como autónomo en una actividad que tenga una relación directa con la citada especialidad.
4. Salvo en el caso de las especialidades de teatro, música, cómic y graffiti, la participación será siempre a título individual.
5. La participación supone la aceptación total de las condiciones fijadas en esta disposición, y únicamente la Dirección General de Juventud y Solidaridad queda facultada para dirimir cualquier controversia derivada de la interpretación de estas, así como para decidir la suspensión de una especialidad en el caso de no conseguirse una participación mínima de diez solicitantes previa comunicación a los mismos.
6. La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).
Artículo 4º.-Inscripciones.
1. La solicitud de los participantes deberá hacerse en el impreso de solicitud (anexo I).
2. Esta solicitud irá acompañada:
2.1. En su caso, de la obra o de la documentación que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en la parte específica para cada especialidad concreta. Tanto en la obra como en la documentación citada no figurarán datos que identifiquen al autor o autora.
2.2. De un sobre cerrado en cuyo exterior figurará exclusivamente el título y el seudónimo del autor o autora, y en el que irá el boletín de inscripción (anexo II) debidamente cubierto, junto con la siguiente documentación:
-Fotocopia del DNI por las dos caras o de documento oficial que acredite suficientemente la identidad (si el participante es un grupo será la de todos los miembros del grupo). En el caso de la especialidad de teatro, además se adjuntará la fotocopia del CIF del grupo.
-En el caso de que el participante sea menor de edad autorización del padre/madre o tutor/a legal para participar en esta convocatoria, así como para cualquier cuestión con ella relacionada.
-En el caso de jóvenes no gallegos, residentes en Galicia, además del documento oficial que acredite suficientemente la identidad, certificado de empadronamiento.
-Declaración responsable en la que quede constancia de que no mantiene relación contractual permanente u ocasional con ninguna empresa vinculada a la especialidad concreta en la que solicita participar llevando a cabo trabajos directamente relacionados con ella, o que no está dado de alta como autónomo en una actividad que tenga una relación directa con la citada especialidad.
-Declaración responsable en la que quede constancia de que la obra no fue premiada en ningún otro certamen o concurso en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y de que es inédita en el caso de las especialidades de relato breve, poesía, videocreación, cómic, graffiti y carteles.
-En el caso de teatro, moda, música y graffiti, certificación original acreditativa del número de cuenta bancaria (veinte dígitos) de su titular, que en el caso del teatro, tendrá que corresponderse con el titular del CIF del grupo.
-Cualquier soporte audiovisual que se envíe (CD, DVD ) deberá tener las óptimas condiciones de visionado y grabado.
3. Las solicitudes podrán presentarse junto con el resto de documentación en los registros de las siguientes dependencias administrativas:
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Dirección General de Juventud y Solidariedad.
Edf. administrativo San Caetano.
15781 Santiago de Compostela.
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Delegación Provincial de A Coruña.
C/ Enrique Mariñas s/n (Edf. Proa).
Matogrande.
15009 A Coruña.
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Delegación Provincial de Lugo.
Ronda de la Muralla 70.
27071 Lugo.
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Delegación Provincial de Ourense.
Camiño Prado Lonia s/n.
32872 Ourense.
Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.
Delegación Provincial de Pontevedra.
C/ Concepción Arenal 8.
36201 Vigo.
Oficina Local de Pontevedra.
C/ Fernández Ladreda 43, 2º piso.
36003 Pontevedra.
Oficina Local de Ferrol.
Edif. administrativo.
Plaza Camilo José Cela 1º.
15403 Ferrol.
Todo esto, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La información contenida en este artículo debe ser complementada con lo dispuesto en el capítulo II. (Parte específica).
Artículo 5º.-Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.
1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el día 5 de junio de 2009.
2. Si en la solicitud se apreciasen defectos o falta de documentación, por parte de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, se requerirá al solicitante para que en el plazo de 10 días enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se considerará desistido de su petición, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, previa resolución, que será dictada en los términos del artículo 42.
Artículo 6º.-Protección de datos de carácter personal.
De acuerdo con el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, se informa que los datos recogidos en esta disposición, que se consideran exactos y puestos al día, además de pertinentes y apropiados, serán incorporados al fichero «GZCREA», del que es responsable la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar, cuya finalidad es «la convocatoria, gestión y difusión del contenido y resultado del programa así como de las obras y artistas premiados». Los datos recogidos no serán cedidos a terceros, excepto a otras administraciones públicas que ejerzan las mismas competencias y en caso de que una ley lo hubiese previsto. El interesado puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento «Dirección General de Juventud y Solidaridad» en la dirección: Edificio administrativo San Caetano s/n, bloque III, 1º-15781 Santiago de Compostela (A Coruña).
Artículo 7º.-Comisión de selección.
Se constituirá una comisión de selección, cuyos miembros serán nombrados por el Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar para cada especialidad, a propuesta del director general de Juventud y Solidaridad, y estará integrada por un presidente, un secretario y un máximo de siete vocales. Actuará como presidente el director general de Juventud y Solidaridad o la persona en quien delegue, como vocales actuarán profesionales y expertos de reconocido prestigio en la especialidad concreta que se valore, y la secretaría recaerá en un funcionario de la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar con voz, pero sin voto.
Los nombres de los integrantes de cada una de las comisiones de selección serán publicados en la página web www.gzcrea.com con anterioridad a las reuniones que se llevarán a cabo.
Las decisiones de la comisión de selección serán inapelables.
Artículo 8º.-Tramitación y resolución.
1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 de la presente disposición, las solicitudes de los jóvenes que no cumplan los requisitos establecidos en esta disposición no serán admitidas a trámite, y se dictará al efecto la oportuna resolución.
2. Las demás solicitudes se remitirán a la comisión de selección, que examinará y valorará las diferentes obras en función de su calidad, propondrá la adjudicación de tres premios por especialidad y redactará la propuesta de resolución.
Corresponderá dictar la resolución al director general de Juventud y Solidaridad, por delegación del Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar.
3. La resolución será notificada a todos los solicitantes en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta disposición en el Diario Oficial de Galicia. Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa, deberá entenderse desestimada la petición correspondiente. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiese dictado en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, si el acto fuese expreso, o en el plazo de tres meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, o ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
La relación de premiados de cada especialidad será publicada en la página web www.gzcrea.com
Artículo 9º.-Obras y premios.
1. Cada participante podrá presentar una obra por especialidad o por modalidad.
2. Las obras presentadas por los participantes no podrán haber sido premiadas, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, en otros certámenes o concursos.
3. La Dirección General de Juventud y Solidaridad quedará eximida de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier trasgresión de la legislación vigente que en materia de propiedad intelectual pudiesen incurrir los participantes.
4. Se establecen los siguientes premios por especialidad (teatro, artes plásticas, moda, música, relato breve, poesía, videocreación, cómic, graffiti, carteles y diseño de joyas):
Un primer premio de 3.000 .
Un segundo premio de 1.500 .
Un tercer premio de 1.000 .
Podrán otorgarse menciones de honor, que carecerán de dotación económica, en las diferentes especialidades a aquellas obras que, a juicio de la comisión seleccionadora, alcancen la suficiente calidad.
5. Cada participante no podrá recibir más que un premio por especialidad.
6. Estos premios serán complementados de acuerdo con lo dispuesto en la parte específica de cada especialidad.
7. Las cuantías de los premios objeto de esta convocatoria serán únicos y estarán sujetos a las retenciones correspondientes conforme a la legislación tributaria.
8. Se entregarán diplomas a todos los premiados y a los finalistas.
9. Según la calidad de las obras podrían ser declarados desiertos o compartidos algunos de los premios. En este último caso, la cuantía del premio que se repartirá, será de modo directamente proporcional al número de obras premiadas.
Artículo 10º.-Destino y devolución de las obras.
1. Las obras de los participantes premiados quedarán en posesión de la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
2. La Dirección General de Juventud y Solidaridad podrá desarrollar las acciones que considere oportunas encaminadas a la difusión de los trabajos seleccionados de todas las especialidades incluidas en la presente convocatoria.
La presentación a esta convocatoria implicará, en el caso de trabajos premiados, la colaboración en las acciones de difusión que se organicen, así como la cesión a favor de la Dirección General de Juventud y Solidaridad de los derechos de edición.
El hecho de participar en esta convocatoria supone la autorización de los participantes a favor de la Dirección General de Juventud y Solidaridad, para montar exposiciones y/o para la exhibición, reproducción o publicación de la imagen o contenido de las obras presentadas por cualquier medio que se estime oportuno, sin más limitaciones que las derivadas del Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
3. Los autores y las autoras quedarán comprometidos a realizar las modificaciones precisas en los documentos finales y/o suministrar los archivos de código fuente necesarios para que puedan ser publicados total o parcialmente en el formato más adecuado.
4. Las obras de los participantes no premiados, o en su caso, cualquier otro material presentado en su lugar, deberán ser retiradas por ellos o por la persona autorizada en el lugar que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación con la decisión de la comisión de selección.
Trasncurrido este plazo, las obras no retiradas quedarán a disposición de la Dirección General de Juventud y Solidaridad que podrá darles el destino que estime oportuno.
Capítulo II
Parte específica
Sección primera
Teatro
Artículo 11º.-Condiciones generales.
1. Podrán concurrir grupos teatrales, no profesionales, compuestos por jóvenes gallegos o residentes en Galicia, con edades comprendidas entre los 16 y los 30 años de edad cumplidos en el año 2009. Se admitirá que hasta un 25% de los componentes del grupo supere los 30 años o tengan entre los 14 y 16 años.
En cualquier caso, tanto los integrantes de la dirección como el equipo técnico no se verán afectados por lo dispuesto en el artículo 3º, párrafo 1º de esta disposición.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los grupos participantes presentarán:
-Lista de los componentes del grupo, indicando la edad y la función.
-Una síntesis de la obra (título, autor/a y adaptación de los diálogos, en su caso) y de la puesta en escena (número de personajes, tipo de decorado, vestuario, espacio que se necesita...).
-DVD de una representación de la obra presentada a concurso o de un ensayo general, hecho con posterioridad al 1 de enero de 2008.
En todo caso la grabación debe estar hecha a velocidad normal para que su duración corresponda con la duración real de la representación, y tiene que estar en buenas condiciones, tanto de imagen como de sonido, para su correcta visión.
3. Las representaciones serán en lengua gallega.
4. Las obras podrán ser de autores o autoras gallegos, españoles o extranjeros.
5. Podrán presentarse obras originales.
6. La duración de la representación de cada obra non podrá exceder de una hora y cuarenta y cinco minutos.
Artículo 12º.-Desarrollo.
1. La comisión podrá seleccionar para la fase final hasta un máximo de seis grupos que serán los que representarán las obras ante esta, en el lugar y en la fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que asumirá los gastos originados por las representaciones por un importe máximo de 650 por grupo.
2. A juicio de la comisión de selección uno de los grupos premiados estará obligado a representar la obra en el lugar y en la fecha que se indique desde la Dirección General de Juventud y Solidaridad, si fuese requerido para eso, y que en cualquier caso será en el último trimestre del año. En el caso de incumplimiento de esta obligación el grupo requerido quedará desposeído del premio otorgado. La Dirección General de Juventud y Solidaridad asumirá los gastos originados por la representación por un importe máximo de 1.200 .
Sección segunda
Artes plásticas
Artículo 13º.-Condiciones generales.
1. Se establecen las siguientes modalidades: pintura, escultura, fotografía e instalaciones.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Una o varias fotografías en color o blanco y negro de la obra presentada, adheridas a un folio (preferentemente DIN A-4) y también en CD. En el caso de obras escultóricas, las fotografías deberán presentarse desde diferentes perspectivas para que se pueda realizar la valoración adecuada de estas. Las obras originales serán requeridas a los participantes, sólo en el caso de que hubiesen sido seleccionadas para la exposición o previamente cuando a juicio de la comisión sea necesario verlas con el fin de otorgar los premios.
-Declaración responsable de que la obra presentada no forma parte de otra exposición y está en propiedad del autor o autora.
-Ficha técnica de la obra en la que se indicará el título, el año de realización, la técnica empleada, las dimensiones reales, así como su peso (esto último sólo en el caso de la escultura).
-En el proyecto de instalación se adjuntará además la siguiente documentación: memoria explicativa del trabajo artístico, planos, bocetos y todo el material informativo que facilite la comprensión de la obra.
Artículo 14º.-Desarrollo.
1. Para la exposición la comisión seleccionará las obras que alcancen la mayor calidad artística, que se exhibirán en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
2. La Dirección General de Juventud y Solidaridad en su momento, se pondrá en contacto con los autores y autoras de las obras seleccionadas para la exposición, con el fin de establecer las mejores condiciones de entrega y recogida en cada caso, y además comunicará el lugar y la fecha en la que tendrá lugar la exposición, todo esto sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 8 de este artículo.
3. Los participantes seleccionados para la exposición presentarán sus obras en perfecto estado y con los elementos necesarios para realizar el montaje. Cuando su complejidad lo requiera el montaje se hará por el autor o autora.
4. Las obras seleccionadas para la exposición serán enviadas empleando un embalaje con un material rígido y suficientemente sólido que asegure su integridad.
5. Las obras presentadas serán originales.
6. El tema y las técnicas serán libres.
7. Las pinturas deberán llevar marco o bastidor.
8. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras, si bien la Dirección General de Juventud y Solidaridad suscribirá una póliza que asegure, única y exclusivamente, las obras que sean seleccionadas para la exposición y durante el tiempo que esta dure, de hasta un máximo de 600 por obra.
Sección tercera
Moda
Artículo 15º.-Condiciones generales.
1. Las colecciones deben ser originales.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Una colección coherente de cinco modelos de hombre o mujer. Tendrá que definir el tejido utilizado y los complementos para cada uno de los modelos presentados. Estos diseños se presentarán en láminas de formato DIN A-3 (297 mm x 420 mm), con diseño de frente y de espalda.
-Ficha técnica de la colección y muestras de los tejidos que se emplearán en su confección.
Artículo 16º.-Desarrollo.
1. La comisión seleccionará para la fase final 10 participantes que confeccionarán la colección de cinco modelos obligatorios, teniendo en cuenta preferentemente los siguientes criterios: creatividad, experimentación formal en los diseños, selección de tejidos, colorido, patronaje, volúmenes y texturas, y que se exhibirán en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
2. La Dirección General de Juventud y Solidaridad asumirá los gastos derivados de la confección de los modelos por un importe máximo de 1.000 euros para cada uno de los 10 seleccionados.
Artículo 17º.-Premios.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9º de la presente disposición, cada uno de los tres premiados tendrá un premio complementario de 3.000 euros para su formación en el ámbito textil.
Sección cuarta
Música
Artículo 18º.-Condiciones generales.
1. Podrán concurrir solistas y grupos de pop, rock, hip-hop y demás variedades de música contemporánea.
Se admitirá que hasta un 25% de los componentes del grupo supere los 30 años. También podrá superar la edad máxima la persona que desarrolle la función de acompañamiento musical con los participantes que se presenten como solistas.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Maqueta en CD debidamente identificada, con el seudónimo y título, y grabada por los componentes inscritos, con dos temas, que serán los que evaluará la comisión de selección, y una duración máxima de diez minutos. Se valorará positivamente la utilización del gallego, y en cualquier caso uno de los temas deberá ser en gallego.
-Ficha técnica en la que se detalle el título, duración y autoría de los temas presentados, siguiendo el orden presentado en la grabación.
-Fotografía reciente del grupo o solista.
-Relación nominal mecanografiada de los/as componentes del grupo, con la indicación de la edad y del instrumento que tocan.
-Letras, si las hubiera, de los temas incluidos en la maqueta, debidamente mecanografiadas.
-Autorización escrita para grabar o emitir su actuación en la fase final del certamen, en el supuesto de resultar seleccionado.
-Declaración responsable acreditativa de que el participante dispone de un repertorio de un mínimo de 30 minutos.
Toda esta documentación deberá presentarse en soporte papel y también en CD.
3. Los temas serán de creación propia y nunca antes editados comercialmente.
Artículo 19º.-Desarrollo.
1. La comisión podrá seleccionar para la fase final hasta un máximo de seis participantes que serán los que actuarán ante ésta, en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que asumirá los gastos ocasionados por la actuación por un importe máximo de 600 en el caso de grupos o de 300 en el caso de solistas.
2. Para las actuaciones de la fase final los participantes llevarán sus propios instrumentos, salvo la batería, que será proporcionada por la organización.
3. El equipo técnico de sonido y luces lo proporcionará la organización en coordinación con los grupos finalistas y será manejado por los técnicos de la organización.
4. A juicio de la comisión de selección, uno de los grupos o solistas premiados estarán obligados a actuar en el lugar y fecha que se indique desde la Dirección General de Juventud y Solidaridad, si fuese requerido para eso. En el caso de incumplimiento de esta obligación el grupo requerido quedará desposeído del premio otorgado. La Dirección General de Juventud y Solidaridad asumirá los gastos originados por la actuación por un importe máximo de 600 .
Sección quinta
Relato breve
Artículo 20º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.
2. El tema será libre.
3. Las obras, que deberán estar hechas a ordenador, tendrán una extensión máxima de 30 páginas, mecanografiadas a doble espacio y por una sola cara, en DIN-A4, y en tamaño 12. Las hojas estarán numeradas y encuadernadas y se presentarán en único ejemplar.
Sin perjuicio de lo anterior las obras deberán presentarse también en CD.
Sección sexta
Poesía
Artículo 21º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.
2. El tema y la técnica serán libres.
3. Las obras, que deberán estar hechas a ordenador, tendrán una extensión mínima de 250 versos a doble espacio y por una sola cara, en DIN-A4 y en tamaño 12. Las hojas estarán numeradas y encuadernadas y se presentarán en único ejemplar.
Sin perjuicio de lo anterior las obras deberán presentarse también en CD.
Sección séptima
Videocreación
Artículo 22º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.
2. Quedan excluidas de este certamen todas las obras que tengan concedidas ayudas económicas de la Administración autonómica para su realización, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. El tema será libre, pero deberá dar prioridad a los contenidos artísticos y culturales de una manera innovadora y experimental. Se entiende por experimental la obra que se situa fuera de los códigos convencionales, que apuesten por fórmulas audiovisuales donde se dé prioridad a la subjetividad.
4. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Una ficha técnica de la obra en la que se incluya el título, un breve argumento, la fecha y el lugar de realización, una fotografía de la videocreación y datos técnicos y artísticos de interés.
5. Las obras podrán ser producidas en cualquier formato de vídeo, pero deberán presentarlo en DVD, donde figurará el título y el seudónimo del autor o autora de la misma.
En todo caso la grabación deberá estar hecha a velocidad normal para que su duración corresponda con la duración real y tiene que estar en buenas condiciones, tanto de imagen como de sonido, para su correcta visión, ya que en caso contrario la obra será rechazada.
6. La duración de cada obra no podrá exceder de 12 minutos.
7. La realización de las obras debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
8. La Dirección General de Juventud y Solidaridad se reserva el derecho a solicitar a los participantes una copia en formato original para a su proyección pública.
9. La Dirección General de Juventud y Solidaridad se reserva la posibilidad de utilizar un fragmento de la obra de hasta un máximo de tres minutos, para su posible difusión en los medios de comunicación.
Sección octava
Cómic
Artículo 23º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales e inéditas.
2. La temática será libre, con textos en gallego.
3. La técnica puede ser cualquiera, hecha en blanco y negro o en color.
4. El formato deberá ser en DIN A-4 o DIN A-3 y la extensión mínima tendrá que ser de 10 páginas. En caso de que la obra fuese hecha en formato digital, a parte de una versión impresa se deberá adjuntar un CD o DVD con los archivos originales.
5. Cada obra deberá llevar seudónimo y título.
6. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier otro acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras.
Sección novena
Graffiti
Artículo 24º.-Condiciones generales.
1. Las obras serán originales, inéditas y, de tener texto, este estará en gallego.
2. El tema y la técnica serán libres.
3. Los trabajos podrán ser individuales o en grupo, en este último caso podrán tener un máximo de tres miembros.
4. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Proyecto original de la obra que se va a realizar en formato DIN A-3 (realizado a mano y presentado a color).
-Fotografías de los graffitis realizados más recientemente por el solicitante (o dirección de internet donde se puedan ver los trabajos).
Artículo 25º.- Desarrollo.
1. La comisión podrá seleccionar para la fase final hasta un máximo de nove participantes, que serán requeridos para realizar un mural de aprox. 4 m × 2 m ante ésta, en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, que asumirá los gastos de material por un importe máximo de 350 por participante individual o grupo. La selección se realizará teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: diseño, estructura, tema y colorido (que deberán responder a la mayor calidad).
2. A juicio de la comisión, será motivo de descalificación la realización de graffitis fuera de los espacios y horarios asignados por la organización.
Sección décima
Carteles
Artículo 26º.-Condiciones generales.
1. La participación será a título individual.
2. Las obras serán originales, inéditas y en gallego.
3. El tema del cartel será «Los caminos de Santiago y el Jacobeo».
4. La técnica será libre dentro de los límites usuales, para permitir una normal reproducción fotomecánica.
5. Las obras deberán presentarse sobre cartón, cartón pluma o similar, en formato vertical, con unas medidas máximas de 47 x 64 cm y se presentarán suficientemente protegidas y montadas sobre un soporte rígido y desmontable que permita su perfecta exposición.
Sin perjuicio de lo anterior las obras deberán presentarse también en CD.
6. En ningún caso se admitirán obras cuyo soporte suponga peligro para su almacenamiento o montadas con materiales que puedan dañar su integridad.
Artículo 27º.-Desarrollo.
1. La comisión podrá seleccionar para la exposición la obras que tengan mayor calidad artística, y que se exhibirán en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad.
2. La organización no se responsabiliza de las posibles roturas, daños, extravíos o de cualquier acto ajeno a su voluntad que se produzca en las obras.
Sección decimoprimera
Diseño de joyas
Artículo 28º.-Condiciones generales.
1. La colección debe ser original y estará compuesta por tres joyas.
2. Junto con la documentación indicada en el artículo 4º de la presente disposición, y en el mismo sobre, los participantes presentarán:
-Una fotografía de cada una de las tres joyas que podrán ser tanto para hombre como para mujer.
Las fotografías de las joyas deberán presentarse sobre una hoja de álbum de fotos, tamaño DIN A-4 y mostrarse en la escala más próxima a la real 1:1. Deben estar sin firmar y sin ninguna identificación del autor o de la autora.
-En la parte posterior de la hoja del album de fotos, se incluirá una ficha técnica de la colección, donde se explicarán los materiales utilizados y todos los datos que sean de interés en la colección.
Sin perjuicio de lo anterior, las fotografías de las joyas se presentarán también en CD.
Artigo 29º.-Desarrollo.
La comisión podrá seleccionar para la fase final hasta un máximo de 10 participantes, teniendo en cuenta preferentemente los siguientes criterios: creatividad, selección de materiales, terminaciones y acabados, y estas obras se exhibirán ante esta comisión en el lugar y fecha que determine la Dirección General de Juventud y Solidaridad, si fuesen requeridos para eso.
Disposición adicional
Única.-Se aprueba la delegación de atribuciones del Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar en el director general de Juventud y Solidaridad para dictar las oportunas resoluciones en el ámbito de esta disposición.
Disposiciones finales
Primera.-Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Juventud y Solidaridad para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta disposición.
Segunda.-La presente disposición entrará en vigor el día seguinte al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 25 de marzo de 2009.
Anxo Manuel Quintana González
Vicepresidente de la Igualdad y del Bienestar
Ver referencia pdf "06300D003P014.PDF"

