DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Lunes, 25 de mayo de 2009 Pág. 9.162

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE TRABAJO Y BIENESTAR

ORDEN de 18 de mayo de 2009 por la que se determina la composición de las comisiones de valoración de determinadas órdenes de subvenciones en el área de trabajo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Mediante el Decreto 79/2009, de 19 de abril, se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia y por el Decreto 83/2009, de 21 de abril, se fijó la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia. La entrada en vigor de los citados decretos va a suponer, de acuerdo con los principios de eficacia, austeridad y economía, una reducción de la estructura administrativa hasta ahora existente.

Del mismo modo, mediante el Decreto 245/2009, de 30 de abril, por el que se regulan las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia, se crean las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia y se suprimen las delegaciones provinciales actualmente existentes, lo que supone una nueva estructuración de los órganos administrativos de la administración periférica de la Xunta de Galicia.

Existen en la actualidad diferentes órdenes de subvenciones convocadas en el área de Trabajo correspondientes al ejercicio de 2009 que, no alcanzando la fase de resolución, se encuentran en fase de tramitación en las distintas provincias y en los servicios centrales, y la composición de las comisiones de valoración no se adapta a los requerimientos de la nueva estructura orgánica de la Xunta de Galicia.

Resulta urgente, por tanto, acometer las modificaciones que sean necesarias en la composición de las comisiones de valoración reguladas en las diferentes órdenes de convocatoria al fin de que conforme a los principios de eficacia y celeridad que deben inspirar la actuación y la organización administrativa, pueda procederse a la resolución de las diferentes convocatorias.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3º y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1º

La composición de las comisiones de valoración establecidas en las órdenes de ayudas para el año 2009 convocadas por la anterior Consellería de Trabajo cuando se vean afectadas por la nueva estructura orgánica de laXunta de Galicia, estarán integradas por los siguientes miembros:

En servicios centrales: el/la subdirector/a general competente por razón de la materia que ejercerá de presidente y como vocales dos funcionarios de la citada subdirección general.

En los departamentos territoriales: el/la jefe/la del servicio competente por razón de la materia y dos funcionarios del citado servicio.

Si, por cualquier causa, en el momento en que la comisión de valoración tenga que examinar las solicitudes, alguna de las personas que la componen no pudiese asistir, será sustituida por la persona que, al efecto, se designe por el órgano competente para resolver.

Artículo 2º

Todos los expedientes de subvención iniciados al amparo de las órdenes de convocatoria señaladas en el artículo anterior, en trámite en los distintos centros directivos y unidades de la Consellería de Trabajo y Bienestar, que no habían alcanzado la fase de resolución y notificación a los beneficiarios, se remitirán a las correspondientes comisiones de valoraciones para que estas, con la nueva composición establecida en el artículo anterior, procedan a su estudio, informe y evaluación con el objeto de su posterior resolución, por el órgano competente para resolver.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2009.

Beatriz Mato Otero

Consejera de Trabajo y Bienestar