Examinado el expediente iniciado por el centro privado de educación especial Santísimo Cristo del Amor, del municipio de O Porriño, en el que solicita la ampliación de una unidad de plurideficientes y la transformación de una unidad de psíquicos en una unidad de plurideficientes.
Resultando que el centro cuenta, según la Orden de 2 de mayo de 2007, con autorización para cinco unidades de educación especial (dos de psíquicos, dos de plurideficientes y una de autistas).
Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por el Departamento Territorial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, quien lo remite con los informes correspondientes.
Vistos el Real decreto 334/1985, de 6 de marzo, de ordenación de la educación especial; el Decreto 320/1996, de 26 de julio, de ordenación de la educación de alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995, que lo desarrolla.
Esta consellería, por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,
DISPONE:
Primero.-Autorizar la ampliación de una unidad de plurideficientes y la transformación de una unidad de psíquicos en una de plurideficientes en el centro privado de educación especial Santísimo Cristo del Amor, del municipio de O Porriño; su composición resultante queda como se refleja en el anexo de esta orden.
Segundo.-Para su puesta en funcionamiento el departamento territorial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, después del informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en la unidad que se amplía.
Tercero.-Este centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Esta orden, que agota la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2009.
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
Provincia: Pontevedra.
Municipio: O Porriño.
Localidad: O Porriño.
Domicilio: Torneiros-A Ribeira, polígono III, 24 A-B.
Denominación genérica: centro privado de educación especial.
Denominación específica: Santísimo Cristo del Amor.
Titular: Asociación Comarcal de Educación Especial Santísimo Cristo del Amor.
Código del centro: 36017031.
Nivel: educación especial.
Unidades de que constaba: cinco.
Unidades nuevas autorizadas: una de plurideficientes.
Composición resultante:
-Cuatro unidades de plurideficientes.
-Una unidad de psíquicos.
-Una unidad de autistas.

