Mediante Orden de 20 de marzo de 2009 (DOG nº 58, del 25 de marzo), la Consellería del Medio Rural convocó para el ejercicio presupuestario de 2009 las ayudas para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal de acuerdo con la Orden de 3 de marzo de 2008 (DOG nº 49, del 10 de marzo) y con lo establecido en artículo 10 del Real decreto 1615/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal (BOE nº 304, del 20 de diciembre).
En el artículo 7.3º del citado real decreto se dispone que las solicitudes podrán presentarse anualmente hasta el 1 de mayo de cada año, reflejándose lo mismo en la convocatoria anual establecida en la Orden de 20 de marzo de la Consellería del Medio Rural.
Dado que mediante Orden ARM/1433/2009, de 1 de junio, se prorroga el plazo para la presentación de solicitudes hasta el 30 de junio de 2009, inclusive, es necesario ampliar el plazo de presentación de las solicitudes presentadas por los beneficiarios que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.I.3º del Estatuto de autonomía de Galicia, y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,
DISPONGO:
Artículo único.-Se modifica el artículo 4 de la Orden de 20 de marzo de 2009 por la que se convocan para el ejercicio presupuestario de 2009 las ayudas para fomentar la producción de productos agroalimentarios de calidad de origen animal, que queda redactado de la siguiente manera:
«Artículo 4º.-Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes para esta convocatoria finalizará el 30 junio de 2009.
Disposiciones finales
Primera.-Facultad de desarrollo.
Se faculta a la directora general de Innovación e Industrias Agrarias y Forestales para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación de esta orden.
Segunda.-Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de junio de 2009.
Jesús Samuel Juárez Casado
Conselleiro del Medio Rural

