La Diputación Provincial de Pontevedra, en sesión celebrada el día veintitrés de julio de dos mil ocho, aprobó el proyecto de intersección de la CP 9701 Baión-András con la PO-301 y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.
Que dicho expediente tuvo entrada en la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y el mismo contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.
Que el expediente fue tratado en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.
Que el expediente contiene la documentación a que se refiere el artículo 1 de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 3 de la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de medidas de disciplina presupuestaria.
En consecuencia, se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala la diputación, debido a la intersección de las dos vías, existe peligro, acrecentado por el aumento de la intensidad de tráfico generado por las actuaciones que está llevando a cabo en la carretera PO-301 la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, amén de que redundará en una mejor y más eficaz regulación del tráfico con la consiguiente garantía de la seguridad vial y reducción de siniestros.
La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día nueve de julio de dos mil nueve,
DISPONGO:
Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por la Diputación Provincial de Pontevedra, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de intersección de la CP 9701 Baión-András con la PO-301, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fuesen necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.
Santiago de Compostela, 9 de julio de 2009.
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

