En fecha 13 de abril de 2009 el director general de Obras Públicas, por delegación de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, resolvió aprobar el proyecto de acondicionamiento de trazado de la obra de la autovía Curro-Baión. Tramo 1 Curro-enlace de la costa (clave PO/02/199.01.3.1).
La justificación de la urgencia de ocupación de los bienes y derechos precisos para la ejecución del proyecto de acondicionamiento de trazado de la obra de la autovía Curro-Baión. Trecho 1 Curro-enlace de la costa (clave PO/02/199.01.3.1), viene motivada por lo siguiente:
-La Xunta de Galicia pone en servicio el día 16 de julio de 2009 la variante de Vilagarcía de Arousa, a punto de comenzar la obra del enlace de la autopista A-9, la AG-41, a PO-531 y la futura AG-47.
-El Ministerio de Fomento está ejecutando las obras de acceso al puerto de Vilagarcía de Arousa, que terminarán previsiblemente en el próximo año 2010.
Todas estas obras tienen como nexo de unión esta autovía AG-47 -moderna, segura y eficaz-, proyecto determinante de la efectividad de la seguridad vial de la zona y que facilitará fundamentalmente la conexión de los municipios de la comarca, lo que permitirá a los ciudadanos residentes en este territorio un rápido enlace con otras vías de alta capacidad y con la costa.
Además, el tráfico de todas estas infraestructuras de alta capacidad supone, mientras no se construye la AG-47, que sea la PO-531, carretera ya de por sí saturada de tráfico, la que reciba todo el tráfico del resto de las vías de alta capacidad, por lo que se empeorará su situación, generándose una mayor densidad de tráfico, y sin que las vías actuales, por su antigüedad y con un trazado que discurre básicamente por zona urbana, sean capaces de garantizar los requisitos mínimos de seguridad exigibles.
Estas circunstancias obligan a una inmediata actuación de los poderes públicos para preservar la seguridad tanto de las personas como de los automovilistas, de ahí la necesidad de que proceda de forma inmediata a la ejecución del proyecto de referencia y, consecuentemente, a una urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para esta actuación, los cuales aparecen recogidos y valorados en el citado proyecto.
La competencia para efectuar la declaración de urgente ocupación la tiene atribuida la Xunta de Galicia en virtud del artículo segundo del Decreto 156/1982, de 15 de diciembre, sobre asunción de transferencias en materia de carreteras y su asignación a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.
En virtud de todo lo expuesto y en aplicación del artículo 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia y de los artículos 10 y 52 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, a propuesta del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras y previa deliberación del Consello de la Xunta en su reunión del día veintitrés de julio de dos mil nueve,
DISPONGO:
Artículo único.-Declarar la utilidad pública y la urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios y que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para su ejecución, a efectos de expropiación en el proyecto de acondicionamiento de trazado de la obra de la autovía Curro-Baión. Tramo 1 Curro-enlace de la costa (clave PO/02/199.01.3.1).
Santiago de Compostela, veintitrés de julio de dos mil nueve.
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio
e Infraestructuras

