DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Martes, 25 de agosto de 2009 Pág. 13.913

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DEL MAR

ORDEN de 14 de agosto de 2009 por la que se hace pública la ampliación del importe existente para la concesión de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de la Pesca, convocadas por la Orden de 12 de febrero de 2009.

La Orden de 12 de febrero de 2009 por la que se modifican las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos procedentes de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo de la Pesca (DOG nº 36, del 20 de febrero), establece en su artículo 3º el importe de la cuantía máxima de las ayudas que al amparo de la misma podrán ser concedidas a sus solicitantes.

Una vez revisados los expedientes presentados al amparo de dicha orden, se comprobó que el importe total solicitado de estas ayudas superaba la existencia de crédito, lo que haría imposible atender la demanda de la totalidad de las solicitudes presentadas.

No obstante, y como consecuencia de que con posterioridad a la publicación de la orden fue aprobada una incorporación de crédito, el importe inicialmente dotado puede ser incrementado, lo que permitiría hacer llegar las ayudas a un mayor número de beneficiarios.

Teniendo en cuenta lo indicado en el artículo 3º de la Orden de 12 de febrero de 2009, el crédito inicial podrá ser ampliado en función de la disponibilidad presupuestaria sin que ellodé lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, salvo indicación expresa en contrario en la orden que se publique al efecto.

Considerando todo lo dicho anteriormente, es necesario ampliar el importe de la cuantía máxima de las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 12 de febrero de 2009, con la finalidad de hacer llegar las mismas al mayor número de beneficiarios posible.

Por todo lo expuesto, y en el uso de las facultades que me fueron conferidas

DISPONGO:

Artículo único.

Primero.-Se amplía el importe de la cuantía máxima de las ayudas que se van a conceder al amparo de la Orden de 12 de febrero de 2009 (DOG nº 36, del 20 de febrero) en la forma siguiente:

a) Para el ejercicio presupuestario 2009 se ampliará el importe en la cantidad de 13.000.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 50.02.723A.771.1, que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2009.

b) Para expedientes de gasto que sean ejecutados en varias anualidades, siempre que exista crédito para la primera anualidad y que se cumplan los requisitos del artículo 58 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, para la anualidad en el año 2012 se ampliará el importe en la cantidad de 500.000 €. La aplicación presupuestaria correspondiente será la 50.02.723A.771.1.

Segundo.-La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final

Única.-La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2009.

Rosa María Quintana Carballo

Conselleira del Mar