Advertidos los errores en el anexo II de ficheros modificados en dicha orden, publicada en el DOG nº 80, el día 27 de abril de 2009, es necesario hacer las siguientes correcciones:
-En el anexo II de ficheros modificados, dentro del cuadro de características del fichero «Personal no docente», se debe añadir una fila de «Tipos de datos de carácter personal: categorías de datos» con valor «Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, Nº Seguridad Social, teléfono, Nº registro personal, firma o huellas. No se incluyen datos de infracciones administrativas ni penales» y también es necesario añadir una fila «Nivel del fichero» con valor «Básico».
-En el anexo II de ficheros modificados, dentro del cuadro de características del fichero Actividades de formación, se debe añadir una fila de «Tipos de datos de carácter personal: categorías de datos» con valor «Datos de carácter identificativo: nombre y apellidos, DNI/NIF, dirección, teléfono, Nº de cuenta bancaria» y también se debe añadir una fila «Nivel del fichero» con valor «Básico».

