De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 20 de la Orden de 21 de noviembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a pequeñas y medianas empresas (pymes) para la realización de planes o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se procede a la publicación de las subvenciones concedidas al amparo de la citada Orden de 21 de noviembre de 2008.
Finalidad de la ayuda: estas subvenciones tienen como finalidad la financiación del desarrollo de planes o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que contribuyan, además, a superar los estereotipos que adscriben a hombres y mujeres a determinadas tareas y funciones tanto en el ámbito profesional como en el privado y familiar, que lleven a cabo las empresas domiciliadas en Galicia o que acometan proyectos subvencionables en sus centros de trabajo establecidos en Galicia, ya sean personas físicas o jurídicas, que reúnan la condición de micro, pequeña o mediana empresa (pymes).
Norma reguladora: Orden de 21 de noviembre de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a pequeñas y medianas empresas (pymes) para la realización de planes o acciones a favor de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
Crédito presupuestario: 300.000 euros.
Partida presupuestaria: 05.30.312G.470.0.
Empresas beneficiarias de la subvención e importe concedido a cada una de ellas: ver anexo.
Santiago de Compostela, 10 de septiembre de 2009.
Marta González Vázquez
Secretaria general de la Igualdad
Ver referencia pdf "18600D003P007.PDF"

