La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exaccións reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitidos los informes favorables de la Consellería de Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones editadas por esta consellería Resultados do programa de xestión de vacún de leite en Galicia en 2007, al precio de 10 y Creación de redes de vixilancia e prevención agrícola como medio de axuda da posta en marcha da produción integrada, al precio de 10 .
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 1 de octubre de 2009.
Samuel Jesús Juárez Casado
Conselleiro del Medio Rural

