DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Lunes, 26 de octubre de 2009 Pág. 16.633

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 19 de octubre de 2009 por la que se procede a la publicidad de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 18 de junio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas gallegas para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización, y se procede a su convocatoria (IN515B) (Diario Oficial de Galicia número 122, del 24 de junio).

El conselleiro de Economía e Industria, en fecha 19 de octubre de 2009, dictó resolución de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 18 de junio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a empresas gallegas para la realización de actuaciones y estrategias de promoción e internacionalización.

El artículo 12 de la orden reguladora dispone en su apartado 4: Todas las resoluciones serán notificadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992. No obstante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6º b) de la indicada ley, se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Economía e Industria. En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención otorgada. Con la publicación en el DOG se podrá remitir a los beneficiarios a que consulten la información detallada de la resolución en un tablón de la citada web.

En virtud de la cual,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la relación de beneficiarios de subvención. Esta relación se acompaña como anexo de esta resolución.

Todos los solicitantes que se recogen en el anexo podrán obtener información detallada de su resolución accediendo al tablón electrónico disponible en la dirección de internet: https://axudasindustria.xunta.es/att.

El acceso también se podrá hacer a través de la aplicación informática ayudas virtual (procedimiento IN515B) establecida en la oficina virtual de esta consellería, situada en la dirección de internet: http://economiaeindustria.xunta.es, o también se puede acceder desde la dirección de internet: http://www.xunta.es/presentacion-electronica, de la Xunta de Galicia, haciendo uso del enlace disponible con el procedimiento IN515B.

Para el acceso al contenido del tablón electrónico, cada solicitante deberá introducir el NIF y la contraseñal, o bien el NIF y certificado digital que fueron utilizados en el momento de cumplimentar su solicitud. El usuario podrá leer los documentos de los diferentes tablones (general de la orden y personal) haciendo clic en el enlace tablón del menú.

Contra la resolución de concesión, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer en su caso:

a) Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dicto la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las a dministraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

b) O bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Todo esto sin prejuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquiera otro que estimen oportuno.

Los solicitantes que no aparecen en el citado anexo deberán entender que nos le fue concedida la subvención. Dichos solicitantes podrán obtener información detallada de su resolución accediendo al tablón electrónico disponible en la misma dirección de internet que la indicada en apartados anteriores.

2. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Secretaría General, a través del teléfono 881 99 90 03 o de la dirección de correo electrónico cei.axudassecretaria@xunta.es.

Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2009.

P.D. (Orden 30-4-2009, DOG nº 87)

José Riesgo Boluda

Secretario general de la Consellería de Economía

e Industria

Ver referencia pdf "20900D004P009.PDF"