La Orden de 7 de abril de 2009 (DOG del 16 de abril) por la que se convocan los premios extraordinarios de bachillerato correspondientes al curso 2008-2009, establece en el artículo 9.3º que el director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa elevará la propuesta hecha por el tribunal al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, que emitirá la resolución correspondiente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Una vez realizadas las pruebas, publicada el acta provisional con las calificaciones obtenidas por los candidatos, resueltas las reclamaciones presentadas, y vista el acta con la propuesta definitiva del tribunal de adjudicación de los premios extraordinarios y a propuesta del director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, este consejero
DISPONE:
Primero.-Conceder los premios extraordinarios de bachillerato, correspondientes al curso 2008-2009, al alumnado que figura en el anexo a esta orden.
Segundo.-Contra esta resolución de adjudicación de los premios se puede recurrir mediante recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y do procedimiento administrativo común, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2009.
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
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