DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Viernes, 30 de octubre de 2009 Pág. 16.867

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 7 de octubre de 2009 por la que se autoriza el bachillerato de la modalidad de humanidades y ciencias sociales en el centro privado Vigo, del municipio de Redondela (Pontevedra).

Examinado el expediente iniciado por el centro privado Vigo, del municipio de Redondela, en el que solicita autorización para impartir las enseñanzas de bachillerato de la modalidad de humanidades y ciencias sociales.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por el departamento territorial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, quien lo remite con los informes correspondientes.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Decreto 126/2008, de 19 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 que desarrolla este decreto.

Esta consellería, por propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONE:

Primero.-Autorizar el bachillerato de la modalidad de humanidades y ciencias sociales en el centro privado Vigo, del municipio de Redondela, según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan el departamento territorial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Esta orden, que agota la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2009.

Jesús Vázquez Abad

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Redondela.

Localidad: Redondela.

Domicilio: Rande A Formiga, s/n.

Código del centro: 36018033.

Denominación: Centro Privado Vigo

Titular: Sociedad Mercantil Colegio Vigo, S.A.

Composición resultante:

Educación infantil: 3 unidades.

Educación primaria: 6 unidades.

Educación secundaria obligatoria: 4 unidades.

Bachillerato 4 unidades de las modalidades de ciencias y tecnología y la de humanidades y ciencias sociales.

Formación profesional:

1 ciclo formativo de grado medio de comercio (1 unidad para 30 alumnos).

1 ciclo formativo de grado superior de comercio internacional (2 unidades para 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado medio de electromecánica de vehículos (2 unidades para 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado medio de equipos electrónicos de consumo (2 unidades para 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado superior de comercio internacional (2 unidades para 30 alumnos/unidad).

1 ciclo formativo de grado superior de desarrollo y aplicación de proyectos de construcción (2 unidades para 20 alumnos/unidad).

Turno de tarde-noche:

Educación de personas adultas:

Enseñanzas básicas iniciales.

Educación secundaria para personas adultas.