El artículo 15.1º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, establece la obligatoriedad de publicación en el Diario Oficial de Galicia de las subvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario a que se imputan, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.
En consecuencia,
Resuelvo:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las subvenciones concedidas con cargo a la aplicación presupuestaria 47.04.432B.781.0.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2009.
Roberto Varela Fariña
Conselleiro de Cultura y Turismo
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