El 6 de agosto de 2009 se publicó en el DOG nº 153 la citada Orden de 28 de julio de 2009.
El artículo 12 de la mencionada orden establece el plazo de justificación de la subvención, disponiendo como fecha límite para la presentación de la misma el 30 de septiembre de 2009.
No obstante, por causas sobrevenidas el plazo establecido resulta de difícil cumplimiento, por lo que con el fin de garantizar la mayor eficacia posible de la convocatoria de las referidas subvenciones, es procedente ampliar dicho plazo para la justificación de las mismas.
De acuerdo con lo anterior, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio de subvenciones de Galicia y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la misma,
DISPONGO:
Artículo único.-Ampliación del plazo de justificación.
Se amplía hasta el día 30 de noviembre de 2009 el límite del plazo de presentación de la documentación justificativa previsto en el artículo 12 de la Orden de 28 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a pymes, para el impulso de actuaciones en materia de responsabilidad social empresarial, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y se convocan para el ejercicio 2009.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 2 de noviembre de 2009.
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar

