De conformidad con lo dispuesto en la resolución de 30 de julio de 2009 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a ayuntamientos de Galicia, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de obras de construcción, mejora, acondicionamiento y reforma de instalaciones y espacios deportivos y para la adquisición de equipamientos deportivos y por la que se convocan las correspondientes al año 2009 (DOG nº 149, del 31 de julio), recibidas las solicitudes en la Secretaría General para el Deporte y, finalizada la fase de revisión de la documentación aportada y de comprobación del grado de cumplimiento de los requisitos establecidos en la referida resolución, esta secretaría general
RESUELVE:
1. Otorgar para las finalidades concretas, que en cada caso, se indican y correspondientes a las previstas en el punto a) del artículo 2 de la resolución de convocatoria (Obras), las subvenciones económicas que a favor de los ayuntamientos propuestos, se identifican y enumeran seguidamente por orden de la puntuación alcanzada una vez aplicados los criterios establecidos en el artículo 4 de la resolución de convocatoria:
Ver referencia pdf "23100D003P008.PDF"
3. Denegar el otorgamiento de las restantes solicitudes de subvención admitidas tanto para realización de obras como para adquisición de equipamientos, por alcanzar una valoración inferior para las acciones programadas, en relación con las que resultaron subvencionadas.
4. La finalidad de las subvenciones es ayudar a los ayuntamientos de Galicia para la realización de obras de construcción, mejora, acondicionamiento y reforma de instalaciones y espacios deportivos y para la adquisición de equipamientos deportivos en el año 2009.
5. Las subvenciones concedidas se harán efectivas con cargo a la aplicación 40.60.441A.760.0 y hasta una cuantía máxima de 1.590.000 .
Esta resolución comporta una asignación del crédito establecido en base al siguiente detalle:
Obras: 1.185.257,53 .
Equipamientos: 401.308,80 .
Total: 1.586.566,33 .
6. Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General para el Deporte, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 325/2009, de 18 de junio, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia (DOG nº 119, del 19 de junio) en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la oportuna notificación o, en su caso, a partir del día siguiente al de la publicación, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régime jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2009.
José Ramón Lete Lasa
Secretario general para el Deporte

