DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Miercoles, 25 de noviembre de 2009 Pág. 18.230

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

ORDEN de 20 de noviembre de 2009 por la que se amplía el plazo para la justificación de los gastos de la cantidad adjudicada a cada asociación beneficiaria de la Orden de 6 de julio de 2009 por la que se establecen ayudas para el fomento de actuaciones destinadas a la protección y bienestar de los animales domésticos realizadas por asociaciones protectoras de animales domésticos.

La Orden de 6 de julio de 2009 (DOG nº 141, del 21 de julio), estableció ayudas para el fomento de actuaciones destinadas a la protección y bienestar de los animales domésticos realizadas por asociaciones protectoras de animales domésticos.

El apartado 4º del artículo 12 de dicha orden establece que, para el pago de la cantidad adjudicada a cada asociación beneficiaria, la documentación justificativa de los gastos de atención sanitaria y mantenimiento nutricional estipulados en el artículo 5 de la orden deberá ser presentada en el período comprendido entre el 16 y el 30 de noviembre de 2009 en cualquiera de los lugares mencionados en el artículo 6.5º. Debido al retraso de la gestión de estas ayudas es imposible cumplir esta fecha, por lo que es necesario ampliar dicho plazo. Al mismo tiempo, dicho plazo está limitado por la Orden de 6 de noviembre de 2009 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio de 2009, que condiciona esta ampliación.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en artículo 30.1º.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único.

Primero.-El plazo para la justificación de los gastos de atención sanitaria y nutricional que consta en el apartado 4º del artículo 12 de la Orden de 6 de julio de 2009, se amplía hasta el 4 de diciembre de 2009.

Segundo.-Esta modificación no afecta al plazo que se establece para la presentación de solicitudes de ayuda en dicha Orden de 6 de julio de 2009.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2009.

Samuel Jesús Juárez Casado

Conselleiro del Medio Rural