Mediante Resolución de 5 de febrero de 2009 (DOG nº 31, del 13 de febrero) se publicó la modificación de las bases reguladoras de los procedimientos de tramitación de las líneas de ayuda del Instituto Gallego de Promoción Económica.
En los últimos años la provincia de Ourense se vio afectada por la desaceleración en desarrollo de las empresas existentes así como por una menor implantación de nuevas iniciativas empresariales. El freno en el dinamismo de su tejido empresarial viene originado, principalmente, por su menor capacidad de atracción de nuevos proyectos inversores frente a otras zonas limítrofes de fuera de Galicia y Portugal que pueden ofrecer mayores apoyos y servicios.
A los efectos de contrarrestar esta desventaja que puede afectar el desarrollo económico y social de la provincia, se considera prioritario que el Igape, a través de sus líneas de ayuda, prime las inversiones que se acometan en la provincia de Orense.
El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 22 de octubre de 2009, aprobó el programa Impulsa-Orense, en el que se establecen, entre otras, las medidas transitorias de apoyo a la inversión.
El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 16 de noviembre de 2009, acordó la modificación de las bases reguladoras de los incentivos económicos para la aprobación de apoyos específicos a la provincia de Orense.
Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO
Primero.-Publicar la modificación de las bases reguladoras de los incentivos económicos para la aprobación de apoyos específicos a la provincia de Ourense hechas públicas mediante Resolución de 5 de febrero de 2009 (DOG nº 31, del 13 de febrero), incluyendo la siguiente disposición adicional:
«Disposición adicional segunda:
Para los proyectos presentados al amparo del artículo 4º.-Proyectos de inversión empresarial superior a 500.000 y servicios avanzados intensivos en empleo que se van implantar en la provincia de Ourense se adoptarán las siguientes medidas de prioridades específicas:
1. En las publicaciones de crédito asignado a las convocatorias se establecerán reservas de crédito específicas para proyectos a desarrollar en esta provincia.
2. En los criterios de valoración y selección de proyectos, el criterio localización se valorará con valor máximo para los proyectos que se van a desarrollar en esta provincia.
3. Para proyectos de primera implantación en Galicia, se garantiza una ayuda mínima del 20% de la inversión subvencionable en los proyectos previstos en el artículo 4º.1 y para proyectos de creación de establecimientos que no sean considerados de primera implantación, ampliación, modernización o innovación tecnológica del mismo artículo, se garantiza una ayuda mínima del 15% de los costes subvencionables.
4. En los proyectos de inversión empresarial la inversión mínima prevista en el artículo 4º.1 de la base de incentivos a proyectos de inversión empresarial se reduce a 200.000 .
5. Se eleva el límite máximo de acumulación de subvenciones de 30% al 50% para inversiones a realizar por pequeñas empresas, y al 40% para medianas empresas.
6. Estas medidas le serán de aplicación a las solicitudes no resueltas presentadas desde el 22 de octubre de 2009».
Segundo.-Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 19 de noviembre de 2009.
Joaquín Varela de Limia de Cominges
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica

