Con base en el artículo 32 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009, se autoriza la realización de las operaciones financieras recogidas en la indicada ley, mediante la emisión de deuda pública o la concertación de créditos.
Asimismo, en el artículo 33 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia se establece que las emisiones de deuda pública u operaciones de crédito que realice la comunidad tendrán que ser autorizadas, en todo caso, por el conselleiro de Economía y Hacienda dentro de los límites señalados por la ley, al que le corresponderá, asimismo, autorizar sus características técnicas y su tipo de interés, si estos no fuesen determinados por su ley de creación. Dicha facultad le corresponde en la actualidad a la conselleira de Hacienda en virtud de la nueva estructuración de los departamentos de la Xunta, regulada por los decretos 79/2009, de 19 de abril, y 83/2009, de 21 de abril.
Mediante acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de octubre de 2009, se obtuvo la autorización establecida en el artículo 14.3º de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas.
Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo único.-Emitir deuda pública de la Comunidad Autónoma de Galicia por un importe de 280 millones de euros. Esta emisión se realiza bajo la forma de obligaciones de la Xunta de Galicia, representadas mediante anotaciones en cuenta, al amparo de los artículos 55 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores.
La emisión de deuda pública que autoriza la presente orden tendrá las características que se detallan a continuación:
Importe: 280 millones de euros.
Fecha de la emisión: 30 de noviembre de 2009.
Fecha de desembolso: 30 de noviembre de 2009.
Precio de la emisión: a la par, libre de gastos para el suscriptor.
Nominal de las obligaciones: 50.000 euros.
Suscripción: será realizada directamente por las entidades financieras aseguradoras de la emisión, actuando en nombre propio o por cuenta de terceras personas, el día 27 de noviembre de 2009.
Cupón: el cupón será anual y vencerá el día 30 de noviembre de cada año. No obstante, cuando estas fechas tengan la consideración de inhábil en el sistema Target2 o aquel que pueda sustituirlo en el futuro, el pago de los cupones y del reembolso por la amortización de las obligaciones se efectuará el día hábil siguiente según el calendario de dicho sistema, salvo que coincida en el mes siguiente, en cuyo caso se adelantará al primer día hábil anterior. El tenedor de los valores no tendrá derecho a percibir intereses como consecuencia de ese posible retraso.
En los casos en que, de acuerdo con la legislación vigente, sea aplicable la devolución de la retención practicada en los cupones de esta emisión, será el Banco de España quien gestione el correspondiente procedimiento, según se establece en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 16 de junio de 2004, publicada en Diario Oficial de Galicia el día 18 de junio de 2004.
Cotizaciones: se solicitará la inscripción de esta deuda pública en el mercado de deuda pública en anotaciones (Iberclear) en la forma prevista en los artículos 55 y siguientes de la Ley 24/1988, de 28 de julio, de mercado de valores, y en los demás preceptos legales aplicables en la materia.
Fiscalidad: de conformidad con lo previsto en el artículo 14.5º de la Ley orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las comunidades autónomas, esta emisión goza de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.
Amortización: de una sola vez a la par, a los 10 años de la fecha de emisión.
Tipo de interés: 4,205%.
Pago de intereses y amortización: el pago de los intereses y la amortización de la deuda se realizarán por el Banco de España, con arreglo a lo establecido en el convenio marco, de fecha 7 de noviembre de 2005, sobre prestación del servicio de tesorería y del servicio financiero de la deuda pública.
Liquidez: Caixa Galicia y Caixanova garantizan durante la vida de la emisión la liquidez de las obligaciones.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2009.
Marta Fernández Currás
Conselleira de Hacienda

