DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Viernes, 27 de noviembre de 2009 Pág. 18.332

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2009 por la que se adjudican las ayudas para elaboración de propuestas al VII Programa marco, las ayudas para organización de congresos y reuniones científicas y las ayudas para asistencia a congresos y reuniones científicas, correspondientes al Programa de promoción general de investigación del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (Incite), convocadas en los anexos I, III y IV de la Orden de 3 de junio de 2009 (Diario Oficial de Galicia número 114, del 12 de junio).

Por Orden de 3 de junio de 2009 (DOG del 12 de junio) se publicaron las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones correspondientes al Programa de promoción general de investigación del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (Incite). En los anexos I, III y IV de la citada orden se establecen, respectivamente, las bases para la concesión de las ayudas para elaboración de propuestas al VII PM, de las ayudas para organización de congresos y reuniones científicas y de las ayudas para asistencia a congresos y reuniones científicas.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 3 de junio citada, vista la propuesta de resolución formulada por el director general de Investigación, Desarrollo e Innovación, y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, esta consellería

RESUELVE:

Primero.

1. Conceder las ayudas para elaboración de propuestas al VII Programa marco, en las cuantías que se señalan, a los solicitantes que se relacionan en el apartado 1 del anexo I de esta resolución, por importe total de ciento diecinueve mil trescientos nueve euros (119.309 €), con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:

44.02.561B.744.0: 114.389 €.

44.02.561A.740.0: 4.920 €.

2. Excluir a la solicitante que figura en el apartado 2 del anexo I de esta resolución por la causa que se indica.

3. Para poder percibir las ayudas será necesario presentar la certificación indicada en el artículo 6 del anexo I de la Orden de 3 de junio de 2009 (DOG nº 114, del 12 de junio). Dicha certificación deberá ajustarse al modelo que se publicará en la página web http://economiaeindustria.xunta.es/dxidi. El plazo para que esta certificación tenga entrada en la Dirección General de I+D+I finaliza el 4 de diciembre de 2009, excepto en el caso de que la propuesta se presente en la correspondiente convocatoria del VII PM con posterioridad a esa fecha, en que el plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención en la Dirección General de I+D+I finaliza el 15 de diciembre de 2009.

Segundo.

1. Conceder las ayudas para organización de congresos y reuniones científicas por parte de personal investigador no vinculado al SUG, que figuran en el anexo II de esta resolución, por un importe de catorce mil ochocientos diez euros (14.810 €), con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:

44.02.561A.481.0: 7.840 €.

44.02.561A.440.0: 6.970 €.

2. Para poder percibir las ayudas será preciso presentar toda la documentación indicada en el artículo 6 del anexo III de la Orden de 3 de junio de 2009 (DOG nº 114, del 12 de junio). La certificación a que se refiere el citado artículo deberá ajustarse al modelo que se publicará en la página web http://www.conselleriaiei.org/dxidi. El plazo para que esta justificación tenga entrada en la Dirección General de I+D+I finaliza el 4 de diciembre de 2009, excepto en el caso de actividades subvencionadas que se celebren con posterioridad a esa fecha, en que el plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención en la Dirección General de I+D+I finaliza el 15 de diciembre de 2009.

Tercero.

1. Conceder las ayudas para asistencia a congresos y reuniones científicas por parte de personal investigador no vinculado al SUG, que figuran en el apartado 1 del anexo III de esta resolución, por importe de veinticuatro mil cuatrocientos treinta y seis euros (24.436 €), que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria: 10.02.561A.480.1.

2. Declarar desestimadas las solicitudes de ayuda para asistencia a congresos y reuniones científicas que no figuran en esta resolución por tratarse de solicitudes formuladas para congresos de carácter no internacional o bien por tratarse de solicitantes que ya fueron beneficiarios de esta ayuda en la convocatoria anterior.

3. Excluir a los solicitantes de ayudas para asistencia a congresos y reuniones científicas que figuran en el apartado 2 del anexo III de esta resolución por las causas que se indican.

4. Para poder percibir las ayudas será preciso presentar la siguiente documentación antes del 4 de diciembre de 2009, salvo en el caso de actividades subvencionadas que se realicen con posterioridad a esta fecha, en que la justificación podrá tener entrada en el registro de la Dirección General de I+D+I hasta el 15 de diciembre de 2009:

-Aceptación del trabajo por parte de la entidad, institución o persona organizadora del congreso, en el caso de que no fuese entregada ya en el momento de solicitar la ayuda.

-Certificación de asistencia.

-Documentación acreditativa de la realización del gasto.

-Declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto aprobadas o concedidas como pendientes de resolución, para el mismo fin, de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades.

Cuarto.-La Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación adoptará las medidas necesarias para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Quinto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Sexto.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2009

P.S. (Decreto 324/2009, artículo 6.1º.o)

José Alfonso Marnotes González

Vicesecretario general de la Consellería de Economía e Industria

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