La orden de la Consellería de Economía e Industria de 14 de julio de 2009 (DOG nº 143, del 23 de julio), aprueba las bases que regirán la convocatoria de becas para estancias correspondientes a diversas acciones formativas del Programa de recursos humanos, del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica de Galicia-Incite (2006-2010) para el año 2009.
En el artículo 3 (requisitos de los solicitantes) del anexo I de la mencionada orden de convocatoria se determinan los requisitos que deberán cumplir los candidatos a las ayudas correspondientes al programa de becas para estancias de investigación fuera de Galicia. Por su parte, en el artículo 8 (Evaluación y selección de las solicitudes) del mencionado anexo I se establece que la evaluación de las solicitudes admitidas se hará por la comisión de selección indicada en el artículo 9 de las bases generales de la orden de convocatoria de referencia, conforme a los criterios generales de selección establecidos en dicho artículo 8 del anexo I.
La comisión de selección establecida en el artículo 9 de las bases generales de dicha Orden de 23 de julio de 2009, en sesión celebrada el 9 de noviembre de 2009, acordó:
1. Proponer la concesión de ayudas a los solicitantes de becas de estancias de investigación fuera de Galicia (anexo I de la Orden de 23 de julio de 2009) que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, para la realización de investigación en los destinos que se señalan, durante el período de tiempo y en la cuantía indicada en cada caso.
2. No se establece lista de sustituciones ya que todos los solicitantes admitidos definitivamente han obtenido la ayuda.
Por ello, y teniedo en cuenta la propuesta elaborada por la comisión de selección, la Consellería de Economía e Industria
RESUELVE:
Primero.-La concesión de ayudas a los solicitantes de becas para estancias de investigación fuera de Galicia (anexo I de la Orden de 23 de julio de 2009) que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, para la realización de investigación en los destinos que se señalan, durante el período de tiempo y en la cuantía que se indica en cada caso.
Segundo.-Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias 44.02.561B.480.0 y 44.02.561A.480.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2009 y se corresponden con la distribución que se indica en la tabla siguiente:
Ver referencia pdf "23300D012P024.PDF"
Tercero.-Todas las solicitudes para las que se propone financiación cumplen los requisitos establecidos en las correspondientes bases de la convocatoria.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria, en el prazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha.
Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2009.
P.D. (Orden 30-4-2009; DOG nº 87, del 6 de mayo)
José Riesgo Boluda
Secretario general de la Consellería de Economía
e Industria
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