El artículo 40 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante, dispone que la separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de los puertos de interés general será acordada por el órgano competente de la comunidad autónoma, a propuesta de las organizaciones, organismos y entidades a las que representen aquellos.
Por otra parte a tenor de lo previsto en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 6 de junio de 2002, en el que se fijó la composición del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, se integran en él un representante de los ayuntamientos de Cervo y Xove, que alternarán cada dos años.
Teniendo en cuenta que mediante Orden de 27 de noviembre de 2007 (publicada en el DOG del 5 de diciembre) se dispuso el nombramiento de vocal en representación del Ayuntamiento de Xove, y que transcurrido el período de dos años antes indicado, es necesario dejar sin efecto aquel nombramiento.
Por lo expuesto, y en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
El cese de José Demetrio Salgueiro Rapa como vocal del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao en representación del Ayuntamiento de Xove, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2009.
Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Mar
b) NOMBRAMIENTOS CONSELLERÍA DEL MAR

