Vista la propuesta formulada por la comisión evaluadora y elevada a esta secretaría general, por conducto de su presidenta,
RESUELVO:
Primero.-Otorgar las ayudas a favor de las asociaciones, federaciones y confederación de madres y padres de alumnos/as, que a continuación se detallan (anexo).
Segundo.-Denegarle la ayuda al ANPA Outo Eume porque la solicita únicamente para financiar el coste de los desayunos, finalidad que no queda incluida en los conceptos que sufragan estas ayudas; y a el ANPA CEIP Lamas de Abade, porque no puede considerarse que tenga la condición de beneficiario que define el artículo 4 de la orden.
Tercero.-Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, o ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2009.
P.D. (Orden 3-8-2009)
José Luis Vázquez Fernández
Secretario general de la Consellería de Educación
y Ordenación Universitaria
Ver referencia pdf "24700D004P008.PDF"

