DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 7 Miercoles, 13 de enero de 2010 Pág. 433

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2009 por la que se adjudican las ayudas de los programas Ángeles Alvariño (anexo II), Isidro Parga Pondal (anexo III), Lucas Labrada (anexo IV) e Isabel Barreto (anexo V) de la Orden de 24 de septiembre de 2009 (Diario Oficial de Galicia número 189, del 25 de septiembre), por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas correspondientes a diversas acciones de formación de investigadores del Programa de recursos humanos del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica-Incite (2006-2010) para el año 2009, y se procede a su convocatoria.

La orden de la Consellería de Economía e Industria del 24 de septiembre de 2009 (DOG nº 189 del 25 de septiembre) aprueba las bases que regirán la convocatoria de ayudas correspondientes a diversas acciones formativas del Programa de recursos humanos, en el marco del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica de Galicia-Incite (2006- 2010) para el año 2009.

En el artículo 3º del anexo II, del anexo III, del anexo IV y del anexo V de la mencionada orden de convocatoria se determinan los requisitos que deberían cumplir los candidatos de las ayudas correspondientes a los programas Ángeles Alvariño (anexo II), Isidro Parga Pondal (anexo III), Lucas Labrada (anexo IV) y Isabel Barreto (anexo V).

La Comisión de Selección establecida en el artículo 9 de las bases generales de dicha Orden de 24 de septiembre de 2009 (DOG nº 189, del 25 de septiembre), en su reunión del día 23 de diciembre de 2009, teniendo en cuenta las bases establecidas en la convocatoria, así como los créditos disponibles, acordó:

A) Programa Ángeles Alvariño (anexo II de la orden de convocatoria):

1. En aplicación del baremo establecido en el artículo 8 del anexo II de la orden de convocatoria, establecer como nota de corte mínima para figurar en la lista de adjudicatarios la puntuación mínima de 30 puntos. Las solicitudes admitidas definitivamente con una puntuación final inferior a 30 no acceden a la ayuda.

2. Teniendo en consideración las puntuaciones alcanzadas por los solicitantes de plazas del Programa Ángeles Alvariño, el número de solicitantes que alcanzaron esta puntuación y teniendo en consideración la experiencia de años anteriores en relación con el número de sustituciones que se producen, se acuerda establecer como nota de corte para figurar en la lista de espera la puntuación de 40 puntos para las listas de espera de todos los grupos de organismos o instituciones, salvo para el caso de la lista de espera correspondiente al grupo de fundaciones públicas e instituciones sin fin de lucro, que se establece en 30 puntos.

3. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que contraten los solicitantes de una plaza del Programa Ángeles Alvariño (anexo II de la orden de convocatoria de 24 de septiembre de 2009, DOG nº 189) que se relacionan en el anexo I de esta resolución.

4. Proponer una lista de espera con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 40 puntos, salvo para el caso de la lista de espera correspondiente al grupo de fundaciones públicas e instituciones sin fin de lucro, que se establece en 30 puntos, para -en su caso- determinar posibles sustituciones con los solicitantes que se relacionan en el anexo II de esta resolución.

B) Programa Isidro Parga Pondal (anexo III de la orden de convocatoria):

1. En aplicación del baremo establecido en el artículo 8 del anexo III de la orden de convocatoria, establecer como nota de corte mínima para figurar en la lista de adjudicatarios la puntuación mínima de 45 puntos. Las solicitudes admitidas definitivamente con una puntuación final inferior a 45 no acceden a la ayuda.

2. Teniendo en consideración las puntuaciones alcanzadas por los solicitantes de plazas del Programa Isidro Parga Pondal, el número de solicitantes que alcanzaron esta puntuación y teniendo en consideración la experiencia de años anteriores en relación con el número de sustituciones que se producen, se acuerda establecer como nota de corte para figurar en la lista de espera la puntuación de 45 puntos para las listas de espera de todos los grupos de organismos o instituciones.

3. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que contraten los solicitantes de una plaza del Programa Isidro Parga Pondal (anexo III de la orden de convocatoria de 24 de septiembre de 2009, DOG nº 189) que se relacionan en el anexo III de esta resolución.

4. Proponer una lista de espera con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 45 puntos, para -en su caso- determinar posibles sustituciones con los solicitantes que se relacionan en el anexo IV de esta resolución.

C) Programa Lucas Labrada (anexo IV de la orden de convocatoria):

1. En aplicación del baremo establecido en el artículo 8 del anexo IV de la orden de convocatoria, establecer como nota de corte mínima para figurar en la lista de adjudicatarios la puntuación mínima de 25 puntos. Las solicitudes admitidas definitivamente con una puntuación final inferior a 25 no acceden a la ayuda.

2. Teniendo en consideración las puntuaciones alcanzadas por los solicitantes de plazas del Programa Lucas Labrada, el número de solicitantes que alcanzaron esta puntuación y teniendo en consideración la experiencia de años anteriores en relación con el número de sustituciones que se producen, se acuerda establecer como nota de corte para figurar en la lista de espera la puntuación de 45 puntos en el caso de las universidades del SUG y de 30 puntos en el caso de OPI y Cepiga, para -en su caso- determinar posibles sustituciones.

3. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo V de esta resolución.

4. Proponer una lista de espera con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 45 puntos, en el caso de las universidades, y 30 puntos en el caso de OPI y Cepiga para -en su caso- determinar posibles sustituciones con los solicitantes que se relacionan en el anexo VI de esta resolución.

D) Programa Isabel Barreto (anexo V de la orden de convocatoria):

1. En aplicación del baremo establecido en el artículo 8 del anexo V de la orden de convocatoria, establecer como nota de corte mínima para figurar en la lista de adjudicatarios la puntuación mínima de 25 puntos. Las solicitudes admitidas definitivamente con una puntuación final inferior a 25 no acceden a la ayuda.

2. Teniendo en consideración las puntuaciones alcanzadas por los solicitantes de plazas del Programa Isabel Barreto, el número de solicitantes que alcanzaron esta puntuación y teniendo en consideración la experiencia de años anteriores en relación con el número de sustituciones que se producen, se acuerda establecer como nota de corte para figurar en la lista de espera la puntuación de 35 puntos en el caso de las universidades del SUG y de 40 puntos en el caso de OPI y Cepiga, para -en su caso- determinar posibles sustituciones.

3. Proponer la concesión de ayudas a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo VII de esta resolución.

4. Proponer una lista de espera con los solicitantes que, no siéndoles adjudicada plaza, tengan una puntuación total igual o superior a 30 puntos, en el caso de las universidades y 40 puntos en el caso de OPI y Cepiga para -en su caso- determinar posibles sustituciones con los solicitantes que se relacionan en el anexo VIII de esta resolución.

En su virtud, y atendiendo la propuesta que eleva la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Concederles las ayudas correspondientes al Programa Ángeles Alvariño (anexo II de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que contraten los candidatos seleccionados que se relacionan en el anexo I de esta resolución.

Segundo.-Establecer una lista de espera para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo II de esta resolución.

Tercero.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el anexo I y II de esta resolución, y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de espera establecida para, en su caso, determinar posibles sustituciones.

Cuarto.-Las 43 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2009, 2010, 2011 y 2012 que acontinuación se indican y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 28 de diciembre de 2009:

Anexo II.-Programa Ángeles Alvariño (nueva adjudicación)

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"

Quinto.-Concederles las ayudas correspondientes al Programa Isidro Parga Pondal (anexo III de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que contraten los candidatos seleccionados que se relacionan en el anexo III de esta resolución.

Sexto.-Establecer una lista de espera para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo IV de esta resolución.

Séptimo.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el anexo III y IV de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de espera establecida para, en su caso, determinar posibles sustituciones.

Octavo.-Las 31 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2009, 2010, 2011 y 2012 que seguidamente se indican y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 28 de diciembre de 2009:

Anexo III.-Programa Isidro Pondal (nueva adjudicación)

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"

Noveno.-Concederles las ayudas correspondientes al Programa Lucas Labrada (anexo IV de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo V de esta resolución.

Décimo.-Establecer una lista de espera para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo VI de esta resolución.

Decimoprimero.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el anexo V y VI de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria, se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima establecida por la comisión de selección para serle concedida la ayuda o figurar en la lista de espera establecida para, en su caso, determinar posibles sustituciones.

Decimosegundo.-Las 39 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2009, 2010 y 2011 que a continuación se indican, y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 28 de diciembre de 2009:

Anexo IV.-Programa Lucas Labrada (nueva adjudicación)

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"

Decimotercero.-Concederles las ayudas correspondientes al Programa Isabel Barreto (anexo V de la orden de convocatoria) a las universidades del SUG, instituciones no universitarias sin ánimo de lucro y organismos de las administraciones públicas, o sus entidades dependientes, que desarrollen actividades de investigación o innovación, radicadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, que se relacionan en el anexo VII de esta resolución.

Decimocuarto.-Establecer una lista de espera para -en su caso- determinar posibles sustituciones, con los solicitantes que se relacionan en el anexo VIII de esta resolución.

Decimoquinto.-Las solicitudes que no figuran relacionadas en el anexo VII y VIII de esta resolución y que fueron admitidas para participar en esta convocatoria se entiende que quedan denegadas por no haber alcanzado la puntuación mínima establecida por la comisión de selección para serles concedida la ayuda o figurar en la lista de espera establecida para -en su caso- determinar posibles sustituciones.

Decimosexto.-Las 45 ayudas concedidas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2009, 2010 y 2011 que a continuación se indican, y de acuerdo con la siguiente distribución, considerando como fecha de inicio de los contratos el 28 de diciembre de 2009:

Anexo V.-Programa Isabel Barreto (nueva adjudicación)

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"

Decimoséptimo.-Formalización y duración de los contratos.

1. Publicada la resolución en el DOG, las instituciones y entidades beneficiarias procederán a la contratación de los candidatos seleccionados para sus organismos mediante la formalización de contratos laborales, de acuerdo con lo que establece el texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo. En los contratos deberá hacerse referencia expresa a:

a) Su financiación con cargo a los programas Ángeles Alvariño, Isidro Parga Pondal, Lucas Labrada o Isabel Barreto -según corresponda- de la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia, y a su cofinanciación -en su caso- por el Fondo Social Europeo.

b) Fecha de incorporación efectiva del seleccionado a su puesto de trabajo.

c) La retribución bruta anual, lugar de prestación de servicios del seleccionado y la duración del contrato.

2. La duración de los contratos será de un máximo de tres años para los programas Ángeles Alvariño e Isidro Parga Pondal, a desarrollar entre el día 28 de diciembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2012.

La duración de los contratos para los programas Lucas Labrada e Isabel Barreto será de un máximo de dos años, a desarrollar entre el día 28 de diciembre de 2009 y el 31 de diciembre de 2011.

3. De forma genérica, la contratación de los candidatos seleccionados deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación en el DOG de la correspondiente resolución de adjudicación, y su duración se extenderá entre la fecha de su firma y el 31 de diciembre de 2011 o, en su caso, 2012.

4. En el caso de los candidatos seleccionados no nacionales de los que, por razones de permiso de trabajo, no pueda producirse su contratación en el plazo establecido en el apartado anterior, los contratos deberán firmarse en un plazo máximo de 3 meses, y su duración se extenderá entre la fecha de su firma y el 31 de diciembre de 2011, o 2012, según corresponda.

5. Salvo en los casos indicados en el párrafo anterior, respecto de aquellos contratos que no se firmen en el plazo máximo de 10 días establecidos en esta resolución se entenderá que los candidatos seleccionados afectados renuncian a ellos y serán sustituidos por los candidatos de la lista de espera.

6. A los efectos de posibles interrupciones de sus contratos, el personal contratado al amparo de las ayudas de los programas de recursos humanos estará sujeto a lo establecido en la legislación vigente. Cualquier interrupción de sus contratos debe ser previamente comunicada y autorizada por la Dirección General de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Decimoctavo.-El pago de las ayudas por la Consellería de Economía e Industria a las instituciones o entidades beneficiarias se realizará del modo indicado en el anexo de la orden de convocatoria correspondiente a cada programa de ayudas (anexos II, III, IV y V de la Orden de 24 de septiembre de 2009, DOG nº 189, del 25 de septiembre).

Decimonoveno.-Todas las solicitudes para las que se propone su financiación cumplen los requisitos establecidos en las correspondientes bases de la convocatoria.

Vigésimo.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 24 de septiembre de 2009 (DOG nº 181, del 25 de septiembre) supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Vigesimoprimero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el consellerio de Economía e Industria, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde la misma fecha.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2009.

P.D. (Orden 30-4-2009, DOG nº 87, del 6 de mayo)

José Riesgo Boluda

Secretario general de la Consellería de Economía

e Industria

ANEXO I

Concesión de las ayudas del Programa Ángeles Alvariño-2009

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"

ANEXO II

Lista de espera de las ayudas del Programa Ángeles Alvariño-2009

Ver referencia pdf "00700D001P005.PDF"