DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Miercoles, 27 de enero de 2010 Pág. 939

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2009 por la que se procede a la publicidad de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 2 de febrero de 2009, que regula la concesión de ayudas por daños provocados en los establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles y en las infraestructuras energéticas y turísticas de titularidad municipal, por la que se desarrolla el Decreto 13/2009, de 29 de enero, de medidas urgentes para la reparación de los daños causados por el temporal acaecido en Galicia a partir del día 23 de enero de 2009 (procedimiento administrativo IN532D) (Diario Oficial de Galicia número 23, del 3 de febrero).

El conselleiro de Economía e Industria, con fechas 24 de julio de 2009 y 30 de octubre de 2009, dictó resoluciones de concesión de subvenciones al amparo de la Orden de 2 de febrero de 2009, que regula la concesión de ayudas por daños provocados en los establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles y en las infraestructuras energéticas y turísticas de titularidad municipal, por la que se desarrolla el Decreto 13/2009, de 29 de enero, de medidas urgentes para la reparación de los daños causados por el temporal acaecido en Galicia a partir del día 23 de enero de 2009 (procedimiento administrativo IN532D).

Los artículos 13.1º y 13.3º de las bases reguladoras establecen que las resoluciones de concesión deberán publicarse en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Economía e Industria, con indicación de la fecha de convocatoria, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención otorgada.

En consecuencia,

RESUELVO:

Primeiro.-Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de beneficiarios de las subvenciones que figuran en el anexo a esta resolución.

Las resoluciones de 24 de julio de 2009 y del 30 de octubre de 2009 fueron notificadas individualmente a los beneficiarios recogidos en dicho anexo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procediminto administrativo común.

Los solicitantes que no aparezcan en el anexo a esta resolución deberán entender que no les fue concedida la subvención, hecho que les fue notificado individualmente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.3º de las bases reguladoras.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer, en su caso, cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2009.

P.D. (Orden 30-4-2009; DOG nº 87, del 6 de mayo)

José Riesgo Boluda

Secretario general de la Consellería de Economía

e Industria

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