El Decreto 42/2008, de 28 de febrero, regula el registro de instalaciones interiores de suministros de agua y los requisitos de las empresas y los profesionales facultados para ejecutarlas.
Por otra parte, la Orden de 13 de abril de 2009 regula los requisitos y procedimientos para la obtención de los carnés profesionales, de registro y puesta en servicio de las instalaciones y la autorización de empresas instaladoras.
En la tramitación de los procedimientos establecidos en la citada orden se vienen observando actuaciones diferentes en los departamentos territoriales, tanto en los documentos que se exigen como en la aplicación de las tasas.
Por todo eso, con carácter transitorio en tanto no se actualice la normativa básica debido a la entrada en vigor de la trasposición de la Directiva 2006/123/CE, con la finalidad de unificar las actuaciones de los departamentos territoriales, y oídas las propuestas de la Comisión de Normalización de Procedimientos de Seguridad Industrial, se dicta la presente instrucción para la tramitación de los procedimientos IN613G, IN608C, IN608A y IN609C.
1. Criterios generales de tramitación.
1.1. En la tramitación de los procedimientos recogidos en la instrucción se seguirán los trámites establecidos en la Orden de 13 de abril de 2009.
1.2. En la tramitación de los procedimientos recogidos en la instrucción se utilizará obligatoriamente el sistema SXPA.
1.3. No se pedirá a los solicitantes ningún otro documento que los que se incluyen en la hoja de solicitud.
1.4. Se aplicará la tasa cuyo código se incluye en cada solicitud de procedimiento, sin excepción alguna.
2. Procedimiento IN613G: inscripción en las pruebas para la expedición o renovación del carné profesional de instalador de fontanería.
2.1. Titulaciones: se expedirá el carné profesional sin examen previo a los solicitantes que acrediten documentalmente que están en posesión de un título universitario de nivel medio o superior del sistema universitario en una titulación científico-técnica de cualquier especialidad.
2.2. Expedición de carnés: una vez finalizado el proceso de examen, y con la finalidad de que los solicitantes dispongan de la documentación que les permita desarrollar la actividad profesional, se expedirá una habilitación provisional automática a los aprobados.
3. Procedimiento IN609C: autorización/renovación de empresas instaladoras de instalaciones de fontanería.
3.1. Documentación: la única documentación que se pedirá a las empresas solicitantes de la autorización o renovación es la que figura en el impreso de solicitud del procedimiento.
3.2. Inscripción de empresas: la inscripción de las empresas en el registro de un departamento territorial habilita automáticamente las mismas para actuar en toda la comunidad autónoma, sin la necesidad de realizar ninguna actuación ni comunicación a los demás departamentos territoriales.
4. Procedimientos IN608A: autorizaciones de instalaciones interiores de agua (proyecto) y IN608C: inscripción, modificación en el registro de instalaciones de fontanería.
4.1. Documentación: para la tramitación de estas instalaciones se utilizarán, en todos los casos (tanto sean anteriores como posteriores a la Orden de 13 de abril de 2009) los impresos regulados en la misma y se dejarán de usar los modelos antiguos.
Se utilizarán obligatoriamente los impresos que están en la página web de la Consellería de Economía e Industria, que son de descarga gratuita.
En los supuestos en los que las instalaciones que se tramiten se hagan por el antiguo reglamento, basándose en lo establecido en la disposición transitoria primera de la Orden de 13 de abril de 2009, se hará constar esa circunstancia en el apartado de observaciones de los impresos (anexo II y anexo III) así como en el certificado de la instalación. En dicho apartado se anotará Disposición transitoria primera. Orden 13-4-2009.
Respecto al certificado de la instalación se utilizarán los impresos autocopiativos editados y publicados por la consellería.
4.2. Tasas: la tasa a aplicar será la correspondiente a la clave 32.19.00. Para el cálculo del importe deberá entenderse que el término Qs, incluido en la fórmula de cálculo, corresponde al caudal instalado en l/s.
5. Quejas y sugerencias: para la recepción de quejas y sugerencias relativas a los procedimientos, la Dirección General de Industria, Energía y Minas habilitará una dirección de correo electrónico en el Servicio de Seguridad Industrial.
Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos.
Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2009.
Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Industria, Energía y Minas

