El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, un nuevo procedimiento, con el fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y en la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, y queda pues, habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1º, el siguiente procedimiento:
IN540A Subvenciones a los clusters empresariales gallegos para la mejora de la competitividad del tejido empresarial.
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios/.
Disposición final
Única.-Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 4 de febrero de 2010.
Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

