DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 30 Lunes, 15 de febrero de 2010 Pág. 1.849

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2010, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan las elecciones para la renovación de los plenos de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.

La Ley 3/1993, de 22 de marzo, básica de las cámaras de comercio, industria y navegación, establece en su artículo 9 que le corresponde a la Administración estatal determinar la apertura del proceso electoral, previa consulta con las comunidades autónomas que tengan atribuida la competencia en esta materia, correspondiéndole a la respectiva Administración tutelante la convocatoria de elecciones.

Por su parte, el artículo 32 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, y el artículo 15 del Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, aprobado por el Decreto 431/2009, de 19 de noviembre, señalan que le corresponderá al órgano tutelar, previa consulta a las cámaras, la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros de los plenos de estas.

Estando próximo a finalizar el mandato de los órganos de gobierno de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio declaró abierto el proceso electoral para la renovación de los plenos de las cámaras de comercio, industria y navegación de España y de su Consejo Superior, mediante Orden ITC/2019/2009, de 22 de julio, disponiéndose la apertura del dicho proceso el día 1 de octubre de 2009 y su finalización el día 15 de julio de 2010.

Una vez abierto el proceso electoral y transcurridos los plazos previstos para la exposición pública de los censos electorales y de reclamaciones, así como el de resolución de los recursos interpuestos, le corresponde a la Dirección General de Comercio, como departamento competente en materia de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, convocar las elecciones para la renovación de sus plenos, previa consulta a las nueve cámaras gallegas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 32 de la referida Ley 5/2004, de 8 de julio, y 15 del Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.

Por todo el anterior, previa consulta a las cámaras, y en uso de las competencias que esta dirección general tiene atribuidas en el Decreto 324/2009, de 11 de junio, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria

DISPONGO:

Primero.-Convocar las elecciones para la renovación de los plenos de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.

Segundo.-Para garantizar la transparencia y la objetividad de los procesos electorales, se constituirán las juntas electorales, a razón de una por cada cámara oficial de comercio, industria y navegación, en la forma y con la composición y competencias previstas en la Ley 5/2004, de 8 de julio, de cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia y en el Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia. Las juntas electorales tendrán su sed en la dirección social de la cámara correspondiente.

Tercero.-Las candidaturas elegibles por sufragio del electorado presentarán escrito en el registro de la cámara respectiva durante los quince días siguientes a fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. El plazo finalizará a las 24.00 horas del decimoquinto día, contado desde la dicha fecha.

Cuarto.-En el plazo de los quince días siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria de elecciones, las organizaciones empresariales más representativas presentarán ante la junta electoral correspondiente la lista de sus candidaturas.

Quinto.-La elección de los vocales a que hace referencia el artículo 7.1º a).1 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, básica de las cámaras de comercio, industria y navegación de España, se celebrará para todos los grupos y categorías el 22 de abril de 2010, permaneciendo abiertos los colegios electorales entre las 9.00 y las 21.00 horas.

Sexto.-La elección de los vocales a que hace referencia el artículo 7.1º a).2º de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, básica de las cámaras de comercio, industria y navegación de España, se celebrará el 25 de mayo de 2010, en la sed de cada cámara entre las 13.00 y las 14.00 horas.

Séptimo.-El número de colegios electorales y los lugares donde se van a instalar se establecen, para cada una de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, en el anexo I de esta resolución.

Octavo.-Las cámaras deben enviar a la junta electoral correspondiente, la propuesta de lista de personas electoras para ser designadas presidentes/as o vocales de las mesas electorales, conjuntamente con la lista de las candidaturas presentadas y con la propuesta de numero de mesas electorales, en el plazo que establece el artículo 26.3º del Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia, aprobado por el Decreto 431/2009, de 19 de noviembre.

Noveno.-Las personas electoras que prevean que en la fecha de las elecciones no podrán comparecer en los colegios electorales podrán ejercer su derecho al voto emitiéndolo por correo, previa solicitud personal a la cámara respectiva, dentro de los veinte días siguientes al de la publicación de esta convocatoria, según modelo normalizado que figura en el anexo II de esta resolución y sujeto a los requisitos y al procedimiento señalados en el artículo 36 de la Ley 5/2004, de 8 de julio, y en el capítulo VIII del Reglamento de régimen electoral de las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación de Galicia.

Décimo.-Las papeletas y sobres para el voto presencial o por correo seguirán los modelos normalizados del anexo VII. En las papeletas se indicará, en el caso de personas físicas, los apellidos y nombre, y en el caso de personas jurídicas, la denominación social de las personas candidatas ordenadas alfabéticamente, de forma que la persona electora marcará con una cruz el recuadro de la papeleta normalizada corresponsal a la (s)/al (s) candidata (s)/o(s) de su elección. Las papeletas configuradas e impresas después de la proclamación de candidatos mantendrán su validez durante todo el proceso electoral.

Undécimo.-Cuando el número de candidatos proclamados por un grupo resulte igual al de los miembros que se deba elegir, su proclamación equivaldrá a la elección y esta no tendrá que efectuarse.

Duodécimo.-Con el fin de garantizar el adecuado ejercicio del voto se acercan los modelos normalizados segundo los anexos I a IX.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2010.

Nava Castro Domínguez

Directora general de Comercio

ANEXO I

a) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de la Coruña:

-Colegio electoral único.

-Domicilio: Alameda, 30-1º, 15003 A Coruña.

-Demarcación: la correspondiente a la cámara.

b) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ferrol:

-Colegio electoral único.

-Domicilio: Punta Arnela, A Malata s/n, 15591 Ferrol.

-Demarcación: la correspondiente a la cámara.

c) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Lugo:

-Colegio electoral único.

-Domicilio: avda. Ramón Ferreiro, 18, 27002 Lugo.

-Demarcación: la correspondiente a la cámara.

d) Cámara Oficial de Comercio e Industria de Ourense:

* Colegio electoral de O Barco de Valdeorras.

-Domicilio: Casa de la Cultura, avda. de la Estación, nº 2, 32300 O Barco de Valdeorras.

-Demarcación: O Barco de Valdeorras, A Veiga, O Bolo, Carballeda de Valdeorras, Larouco, Petín, A Rúa, Rubiá, Vilamartín de Valdeorras, Chandrexa de Queixa, Manzaneda, A Pobra de Trives y San Xoán de Río.

* Colegio electoral de Verín.

-Domicilio: Casa de la Juventud, avda. Portugal, nº 11, 32600 Verín.

-Demarcación: Castrelo do Val, Cualedro, Laza, Monterrei, Oímbra, Riós, Verín, Vilardevós, A Gudiña, A Mezquita, Viana do Bolo y Vilariño de Conso.

* Colegio electoral de Ourense.

-Domicilio: avda. de la Habana, 30 bis, 32003 Ourense.

-Demarcación: los restantes municipios adscritos la esta cámara.

e) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Santiago de Compostela:

* Colegio electoral de Boiro.

-Domicilio: Casa de la Cultura Ramón Martínez López. Parque Cachada. Avda de la Constitución s/n, 15930 Boiro.

-Demarcación: Boiro, Ribeira, A Pobra do Caramiñal, Rianxo y Porto do Son.

* Colegio electoral de Santiago de Compostela.

-Domicilio: San Pedro de Mezonzo, 44-bajo, 15701 Santiago de Compostela.

-Demarcación: los restantes municipios adscritos la esta cámara.

f) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Tui:

-Colegio electoral único.

-Domicilio: Augusto González Besada, 15-1º D, 36700 Tui.

-Demarcación: la correspondiente a la cámara.

g) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Vigo:

-Colegio electoral único.

-Domicilio: República Argentina, 18 A, 36201 Vigo.

-Demarcación: la correspondiente a la cámara.

h) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Pontevedra:

* Colegio electoral de Cangas.

-Domicilio: Casa de la Cultura, c/ Rodeira-Pedreira (Coiro), s/n, 36940 Cangas.

-Demarcación: Cangas, Moaña y Bueu.

* Colegio electoral de Lalín.

-Domicilio: Casa de la Juventud de Lalín, calle Pena Toares, s/n, 36500 Lalín.

-Demarcación: Silleda, Vila de Cruces, Rodeiro, Agolada, Dozón y Lalín.

* Colegio electoral de Mos.

-Domicilio: Centro de Desarrollo Local, carretera Peinador, nº 41, 36416 Mos.

-Demarcación: A Cañiza, Arbo, Covelo, Crecente y Mos.

* Colegio electoral Pontevedra.

-Domicilio: Jardines de Vicenti, 4-2º, 36001 Pontevedra.

-Demarcación: los restantes municipios adscritos la esta cámara.

i) Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Vilagarcía de Arousa:

*Colegio electoral de Vilagarcía de Arousa.

-Domicilio: avda. Dr. Tourón, 46, 36600 Vilagarcía de Arousa.

-Demarcación: Barro, Caldas de Reis, Cambados, Catoira, O Grove, A Illa de Arousa, Meaño, Meis, Pontecesures, Puertas, Ribadumia, Sanxenxo, Valga, Vilagarcía de Arousa y Vilanova de Arousa.

* Colegio electoral de A Estrada:

-Domicilio: Asociación Comarcal de Empresarios de A Estrada, avda. de Santiago, 11, 36680 A Estrada.

-Demarcación: A Estrada, Campo Lameiro, Cerdedo, Cuntis, Forcarei y Moraña.

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Ver referencia pdf "03000D004P036.PDF"