El Decreto 310/2009, de 28 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, atribuye en su artículo 4 a la Secretaría General la función de inspección, que se ejercerá a través de la Subdirección General de Inspección, Auditoría y Acreditación sobre todos los centros, servicios, establecimientos y prestaciones sanitarias de titularidad pública o privada de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La finalidad de este plan es garantizar y salvaguardar la salud y los derechos de la ciudadanía en las prestaciones sanitarias y en aquellas otras materias que son competencia de la Consellería de Sanidad, de acuerdo con los niveles de calidad establecidos en la Comunidad Autónoma de Galicia y en la normativa vigente, mediante una actuación coordinada e integral de todas las áreas de inspección.
En la elaboración del plan se han considerado las necesidades y propuestas de las distintas unidades que integran la Consellería de Sanidad y el Servicio Gallego de Salud.
Las actuaciones del plan se organizan siguiendo la clasificación del Real decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, y se canalizan a nivel periférico a través de las jefaturas de servicio de Inspección de Servicios Sanitarios y de las jefaturas de servicio de Control de Riesgos Ambientales, y se realizarán siguiendo los programas y procedimientos aprobados.
Dentro de las actividades previstas en el plan se priorizan tres actuaciones: la verificación del buen funcionamiento y la buena práctica de la receta electrónica; el seguimiento de la publicidad sanitaria para comprobar que el contenido de la publicidad es acorde con las autorizaciones sanitarias correspondientes, con responsables asistenciales que disponen de la titulación académica o de la habilitación profesional que los capacite para llevar a cabo la atención a prestar; y una revisión integral de las actuaciones de incapacidad temporal (IT), con estandarización de procesos, elaboración de protocolos de actuación y revisión del procedimiento así como evaluación, seguimiento y control en la población general y centros dependientes del Servicio Gallego de Salud.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confieren los artículos 34.6º y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre,
DISPONGO:
Artículo único.-Se aprueba el Plan global de inspección para el año 2010, que figura como anexo a esta orden.
Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2010.
María del Pilar Farjas Abadía
Conselleira de Sanidad
ANEXO
Plan global de inspección
1. Derechos de la ciudadanía.
1.1. Evaluación de la implantación y contenidos de la carta de derechos y deberes de los usuarios en los centros asistenciales del Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Conocer y evaluar el grado de implantación de la carta de derechos y deberes de los usuarios en los centros asistenciales del Servicio Gallego de Salud, dentro de las líneas estratégicas de la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
1.2. Evaluación de la implantación del consentimiento informado escrito y de su calidad en los centros hospitalarios de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Objetivo y/o acción:
Conocer y evaluar el grado de implantación del consentimiento informado en los centros asistenciales del Servicio Gallego de Salud, dentro de las líneas estratégicas de la Inspección de Servicios Sanitarios aprobadas en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
1.3. Atención de denuncias y reclamaciones.
Objetivo y/o acción:
Comprobación y corrección de las posibles irregularidades en centros servicios, industrias y establecimientos de la Comunidad Autónoma de Galicia que sean objeto de alguna denuncia o reclamación en materia sanitaria y de salud pública (seguridad alimentaria, sanidad ambiental).
1.4. Evaluación del procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial de la administración por daños derivados de la asistencia sanitaria.
Objetivo y/o acción:
Mejorar la gestión e instrucción de las responsabilidades patrimoniales en el ámbito de las funciones de la inspección y revisar el procedimiento. Analizar los riesgos sanitarios identificados en los informes técnicos realizados.
1.5. Evaluación de la adecuación del procedimento de gestión de la lista de espera qirúrgica en los hospitales del Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Conocer las desviaciones en las listas de espera quirúrgicas en relación con los criterios estándares de calidad establecidos por la Consellería de Sanidad.
1.6. Evaluación de la adecuación de los procedimientos de gestión de las lista de espera de consultas externas en los hospitales del Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Conocer las desviaciones en las listas de espera en consultas externas en relación con los criterios estándares de calidad establecidos por la Consellería de Sanidad.
2. Prestaciones.
2.1. Prestación de salud pública.
2.1.1. Actuaciones en materia de sanidad ambiental.
2.1.1.1. Evaluación de los productos químicos.
Objetivo y/o acción:
Vigilar el cumplimiento de la normativa europea y estatal sobre productos químicos.
2.1.1.2. Control de establecimientos y servicios de biocidas registrados en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las condiciones establecidas en las normas reguladoras de los biocidas en cuanto a instalaciones del establecimiento, registro, fabricación, dispensación, etiquetado y fichas de datos de seguridad y en cuanto a la realización de los servicios.
2.1.1.3. Control de piscinas de uso colectivo autorizadas.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las normas reguladoras en cuanto a las condiciones higiénico-sanitarias y control del agua del vaso
2.1.1.4. Control de las zonas de baño marítimas y continentales censadas.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las normas reguladoras en cuanto a la calidad de las aguas.
2.1.1.5. Control de los abastecimientos públicos de agua de consumo humano.
Objetivo y/o acción:
Vigilar la calidad sanitaria de las aguas de consumo humano y las condiciones de las instalaciones de tratamiento y verificar el cumplimiento del registro de datos en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo ( SINAC).
2.1.1.6. Control de las instalaciones con riesgo de propagación de la legionelosis.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones.
2.1.2. Actuaciones en materia de seguridad alimentaria.
2.1.2.1. Control de industrias y establecimientos que se encuentren incluidas en el Registro General Sanitario de Alimentos en las categorías y actividades de fabricación, elaboración, transformación, envasado, almacenaje, y distribución de alimentos y productos alimentarios.
Objetivo y/o acción:
Vigilancia de las condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de las instalaciones y de las actividades, identificación y gestión de los riesgos identificados y examen documental y comprobación de la aplicación de los sistemas de autocontrol.
2.1.2.2. Auditorías de mataderos, salas de despiece y elaboración de productos cárnicos, productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos, leche cruda y productos lácteos, huevos y ovoproductos.
Objetivo y/o acción:
Auditar y evaluar las prácticas de higiene y los procedimientos basados en el Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico ( APPCC).
2.1.2.3. Control de establecimientos al por menor de alimentación, y de comidas preparadas no sujetas a inscripción en el Registro Sanitario de Alimentos.
Objetivo y/o acción:
Evaluar las condiciones estructurales documentales e higiénico-sanitarias de los establecimientos y de sus actividades.
2.1.3. Otras actuaciones de inspección relativas a la prestación de salud pública.
2.1.3.1. Estudio de brotes:
Objetivo y/o acción:
Colaboración con los órganos competentes en la investigación del foco y en la identificación de la causa.
2.1.3.2. Seguimiento de redes de alerta.
Objetivo y/o acción:
Tramitación y ejecución de las alertas recibidas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información tanto de produtos químicos como alimentarios (SIRIPQ, SCIRI).
2.1.3.3. Plan especial del Xacobeo 2010 de especial seguimiento de las fuentes, albergues y establecimientos de restauración de los lugares por los que transcurre el Camino de Santiago.
Objetivo y/o acción:
Vigilar y comprobar que se cumplen las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones e identificación y gestión de los riesgos de modo que no se ponga en peligro la vida y la salud de los visitantes.
2.1.3.4. Control de las entidades de formación.
Objetivo y/o acción:
Vigilancia de los cursos de capacitación.
2.2. Prestación de atención primaria.
2.2.1. Estudio y elaboración de un protocolo de auditoría de calidad de la historia clínica.
Objetivo y/o acción:
Elaborar una herramienta que nos permita evaluar el grado de implantación, desarrollo y calidad de la historia clínica.
2.3. Prestación de atención especializada.
2.3.1. Estudio y elaboración de un protocolo de auditoría de calidad de la historia clínica.
Objetivo y/o acción:
Elaborar una herramienta que nos permita evaluar el grado de implantación, desarrollo y calidad de la historia clínica.
2.3.2. Programa de inspección de la prestación de servicios sociosanitarios a personas con problemas derivados del consumo de drogas mediante convenios de cooperación/colaboración con ayuntamientos y asociaciones.
Objetivo y/o acción:
Evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios establecidos en la normativa vigente para estos centros.
2.3.3. Programa de evaluación de la diálisis.
Objetivo y/o acción:
Evaluar la calidad de la asistencia prestada y el grado de cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios establecidos en la normativa vigente para estos centros.
2.4. Prestación de farmacia.
2.4.1. Control de calidad de los medicamentos en el mercado.
Objetivo y/o acción:
Participar en el estudio coordinado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
2.4.2. Control de los almacenes farmacéuticos:
Objetivo y/o acción:
Verificar el cumplimiento de las normas de correcta distribución de medicamentos de uso humano.
2.4.3. Control de los laboratorios farmacéuticos.
Objetivo y/o acción:
Verificación del cumplimiento de las normas de correcta fabricación de medicamentos.
2.4.4. Inspección de oficinas de farmacia.
2.4.4.1. Actuación profesional/dispensación.
Objetivo y/o acción:
Evaluar la presencia y actuación profesional del personal farmacéutico responsable.
2.4.4.2. Correcta identificación del personal de la oficina de farmacia.
Objetivo y/o acción:
Solicitud de la tarjeta sanitaria individual en la dispensación de medicamentos.
Correcta utilización de las tarjetas identificativas de los farmacéuticos en la dispensación electrónica.
Control de la entrega de un recibo en la dispensación de los medicamentos en el que conste el nombre del medicamento, el PVP y la aportación del paciente.
2.4.4.3. Recetas electrónicas (e- receta).
Objetivo y/o acción:
Verificar el buen funcionamiento y la buena práctica de este nuevo modelo de acuerdo a lo recogido en el Decreto 206/2008, de 28 de agosto, de receta electrónica y al concierto para la prestación farmacéutica por las oficinas de farmacia.
2.5. Terapias respiratorias.
2.5.1. Estudio y evaluación de la CPAP.
Objetivo y/o acción:
Evaluar la correcta utilización de la CPAP para conocer el nivel de adhesión al tratamiento.
2.6. Prestación ortoprotésica.
2.6.1. Estudio de la correcta dispensación de la prestación ortoprotésica.
Objetivo y/o acción:
Evaluar una muestra de productos dispensados y su adecuación a lo establecido en el catálogo de material ortoprotésico.
2.7. Transporte sanitario.
2.7.1. Estudio y evaluación de la prescripción del transporte sanitario programado.
Objetivo y/o acción:
Establecer criterios homogéneos en relación con la prescripción del transporte sanitario y su adecuación con la normativa vigente.
2.7.2. Inspección de oficio a vehículos de transporte sanitario.
Objetivo y/o acción:
Verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para efectuar el transporte sanitario terrestre una vez obtenida la certificación técnico-sanitaria para realizarlo.
3. Salud laboral.
3.1. Elaboración de un proyecto de estandarización de duración media en procesos de incapacidad temporal (IT) por patologías, en función de las variables independientes más significativas.
Objetivo y/o acción:
Una vez hayan sido consensuados de la forma más amplia posible y con las instituciones con competencia en la materia, facilitar a los facultativos de atención primaria el seguimiento de pacientes en situación de IT.
3.2. Elaboración de protocolos de actuación para el seguimiento de la IT.
Objetivo y/o acción:
Homogeneizar las actuaciones de los distintos agentes que participan en la gestión de la IT.
3.3. Elaboración de procedimientos específicos de control de los procesos de incapacidad temporal IT derivados de las patologías que están generando el mayor índice de absentismo.
Objetivo y/o acción:
Identificar las patologías que por su duración o prevalencia ocasionen procesos de IT.
Reducir los días de IT derivados de estos procesos.
3.4. Evaluación, seguimiento y control de la IT en la población general.
Objetivo y/o acción:
Adecuar el uso de la prestación por IT en la población mediante la mejora de la gestión y control de los procesos de incapacidad.
Mantener los programas y la coordinación con los organismos competentes en la materia.
3.5. Evaluación, seguimiento y control de la IT en centros dependientes del Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Mantener la adecuación de los indicadores de IT del personal de los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud.
3.6. Valoración de las propuestas de invalidez repuestas en IT.
Objetivo y/o acción:
Evaluar la calidad de las propuestas de invalidez tramitadas en las unidades de salud laboral.
4. Evaluación de otros establecimientos e instalaciones.
4.1. Control de centros de bronceado artificial.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las condiciones establecidas en las normas reguladoras de estos centros y de sus actividades, en cuanto a las condiciones higiénico-sanitarias y de los productos químicos utilizados.
4.2. Control de actividades de tatuaje, micropigmentación y piercing.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las condiciones establecidas en las normas reguladoras de estos centros y de sus actividades, en cuanto a las condiciones higiénico-sanitarias y de los productos químicos utilizados.
4.3. Seguimiento y control de tanatorios, velatorios, crematorios, empresas funerarias y cementerios.
Objetivo y/o acción:
Comprobar que se cumplen las normas reguladoras en cuanto a las condiciones higiénico-sanitarias de las instalaciones.
4.4. Control de los establecimientos afectados por la normativa antitabaco.
Objetivo y/o acción:
Verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
5. Actuaciones disciplinarias y sancionadoras.
5.1. Elaboración de una instrucción sobre las actuaciones disciplinarias del personal facultativo del Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Elaborar una instrucción sobre las actuaciones disciplinarias del personal facultativo del Servicio Gallego de Salud, de acuerdo con el Estatuto marco.
5.2. Registro de actuaciones disciplinarias en el Servicio Gallego de Salud.
Objetivo y/o acción:
Elaborar un registro de las actuaciones disciplinarias del personal facultativo de los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud.
5.3. Procedimientos sancionadores en establecimientos farmacéuticos.
Objetivo y/o acción:
Elaborar un registro de las actuaciones sancionadoras a los establecimientos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Revisar el procedimiento de instrucción.
6. Autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
6.1. Control de la publicidad sanitaria.
Objetivo y/o acción:
Dar respuesta al 100% de las denuncias de publicidad sanitaria. Constatar que la publicidad sanitaria se ajusta a lo dispuesto en la normativa legal vigente. Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios que se publicitan están incluidos en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios y que el contenido de la publicidad es acorde con las autorizaciones sanitarias correspondientes, que los responsables asistenciales de los centros poseen la titulación académica o la habilitación profesional que los capacite para llevar a cabo la atención a prestar.
6.2. Elaboración de un nuevo decreto de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Objetivo y/o acción:
Elaborar un decreto de centros, servicios y establecimientos sanitarios, simplificando y agilizando el procedimiento administrativo de acuerdo con las modificaciones de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, establecidas por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, que modifica diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
7. Gestión de la calidad.
7.1. Calidad en las inspecciones.
Objetivo y/o acción:
Evaluar la calidad de la actividad inspectora mediante la realización de auditorías internas.
7.2. Sentar las bases para la elaboración de un nuevo decreto de ordenación de funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios.
Objetivo y/o acción:
Actualizar la normativa mediante la actualización en un nuevo decreto de las funciones de la Inspección de Servicios Sanitarios, de acuerdo con las nuevas orientaciones y estrategias.

