Advertidos errores en dicha resolución, publicada en el DOG nº 72, del lunes, 19 de abril de 2010, es necesario hacer las siguientes correcciones:
En la página 6.070, artículo 4º (financiación), donde dice: «Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito de doscientos diez mil euros (210.0000 ) correspondientes a la aplicación presupuestaria 04.50.312C.480.0. Este importe podrá ser ampliado en los casos establecidos en el artículo 31.2º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2º del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, en función de las mayores disponibilidades presupuestarias que se puedan producir en dicha aplicación»; debe decir: «Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito de doscientos diez mil euros (210.000) correspondientes a la aplicación presupuestaria 04.50.312C.480.0. Este importe podrá ser ampliado en los casos establecidos en el artículo 31.2º de la Lei 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 30.2º del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, en
función de las mayores disponibilidades presupuestarias que se puedan producir en dicha aplicación».
En la página 6.077, artículo 18º (remisión normativa), donde dice: «Artículo 18º.-Remisión normativa.», debe decir: «Artículo 20º.-Remisión normativa.».

