Advertidos errores en el citado Decreto 77/2010, de 29 de abril (publicado en el DOG nº 89, del 12 de mayo, pág. 8.385 y siguientes), es necesario hacer las siguientes correcciones:
Donde dice: Cuatro.-Modificación parcial de los artículos 21º, 25º y 53º.
-El apartado 1 e) del artículo 21º quedará redactado de la manera siguiente:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B con BTP».
-El apartado 1 e) del artículo 25º quedará redactado de la manera siguiente:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B con BTP».
-El apartado d) del artículo 53º quedará redactado de la manera siguiente:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A y B con BTP, excepto para la categoría de policía, que sólo se exigirán los permisos de clase A2 y B con BTP».
Debe decir: Cuatro.-Modificación parcial de los artículos 21º, 26º y 53º.
-El apartado 1 e) del artículo 21º quedará redactado de la siguiente manera:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B con BTP».
-El apartado 1 e) del artículo 26º quedará redactado de la manera siguiente:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B con BTP».
-El apartado d) del artículo 53º quedará redactado de la manera siguiente:
«Ser titular de los permisos de conducir de las clases A y B con BTP, excepto para la categoría de policía, que solamente se exigirán los permisos de la clase A2 y B con BTP».