De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5º y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero (BOE nº 13, del 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente obrante en este departamento territorial.
La interesada podrá interponer recurso ante el Juzgado de 1ª Instancia de Pontevedra que por turno corresponda, en un plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, sin necesidad de reclamación administrativa previa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia y Menores del Departamento Territorial de Vigo.
-Nº expedientes: 2009/146-5, 2009/147-5 y 2009/148-5.
-Interesada: Luci Parada Rosales.
-Domicilio: desconocido.
-Asunto: notificación de una resolución administrativa de fecha de 14 de mayo de 2010 y notificación de contrato de acogimiento de fecha 14 de mayo de 2010.
Vigo, 18 de junio de 2010.
Carmen Bianchi Valcarce
Jefa territorial de Vigo

