El Ayuntamiento de O Rosal consideró conveniente organizar correctamente su emblema municipal para perpetuarlo con la simbología adecuada y conforme a las normas de heráldica. Para ello, y de acuerdo con las facultades que le confieren las disposiciones legales vigentes, elevó el informe histórico-heráldico, con la correspondiente propuesta de representación gráfica de la bandera, para la aprobación definitiva de la misma.
La competencia exclusiva en materia de adopción, modificación o rehabilitación de los emblemas heráldicos de los ayuntamientos y de otras entidades locales corresponde a la Comunidad Autónoma gallega, según lo dispuesto por el artículo 27º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.
El expediente se tramitó conforme a las normas de procedimiento establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia; en el Decreto 19/2010, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de símbolos de las entidades locales de Galicia y en el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, aprobado por el Real decreto 2568/1986, de 10 de diciembre.
En su virtud, visto el informe emitido por la Comisión de Heráldica de la Xunta de Galicia, y a propuesta de la persona titular de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día treinta y uno de marzo de dos mil once,
DISPONGO:
Artículo único.-Aprobar la bandera del Ayuntamiento de O Rosal, que figura como anexo, organizada de la siguiente manera:
Paño dividido por tres franjas verticales de verde, blanco y azul; la de blanco con una rosa heráldica al natural.
El color verde simboliza el medio ambiente, los recursos agrícolas, ganaderos y forestales; los colores blanco y azul representan al río Tamuxe y su desembocadura al Miño; y la rosa hace referencia a la simbología popular del propio nombre de O Rosal.
Santiago de Compostela, treinta y uno de marzo de dos mil once.
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia
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