DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Martes, 26 de abril de 2011 Pág. 7.240

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE CORCUBIÓN

EDICTO (108/2008).

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«En Corcubión, 24 de enero de 2011.

Vistos por mí, Carmen Veiras Suárez, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Corcubión, los presentes autos de juicio especial sobre reclamación de paternidad extramatrimonial número 108/2008, actuando como demandante Manuel Enrique Caamaño Vidal, representado procesalmente por la procuradora sra. Borrero Castro y asistido del letrado sr. Platas Tasende, y como demandados Mª Carmen López Soneira (declarada en rebeldía); Angelina Adoración López Soneira, representada por la procuradora sra. Riveiro Merino, y asistida del letrado sr. Gayoso Nieto; Rosa Mª López Soneira, representada por el procurador sr. Leis Espasandín, y asistida del letrado sr. Iglesias Caruncho; con la intervención del Ministerio Fiscal.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora sra. Borrero Castro, en nombre y representación de Manuel Enrique Caamaño Vidal, contra Mª Carmen López Soneira, Angelina Adoración López Soneira y Rosa Mª López Soneira, se declara la paternidad de Crisanto López Míguez respecto de Manuel Enrique Caamaño Vidal.

Firme que sea la presente resolución, anótese la misma en el Registro Civil correspondiente. Todo ello sin imposición de costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Audiencia Provincial de A Coruña, el cual se preparará ante este mismo juzgado.

Así, por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Carmen Veiras Suárez, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Corcubión. (Firmado).»

Y, en consecuencia, para la notificación de la sentencia dictada a los herederos desconocidos e inciertos de Crisanto López Míguez, se extiende el presente edicto.

Corcubión, 25 de enero de 2011.

El/la secretario/a

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