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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Lunes, 30 de mayo de 2011 Pág. 12264

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Ordes

EDICTO (185/2010).

En este juzgado se siguen autos de juicio ordinario 185/2010 en el que dictó en fecha 21 de marzo de 2011 sentencia por José Manuel Pérez Maside, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora Sra. González Gancedo en nombre y representación de José María Bello Gaudioso contra Antonio, Pilar y Asunción Bello Botana, María del Carmen Gil Veiras, José Antonio Bello Gil, María José Bello Gil y los desconocidos e ignorados herederos o causahabientes de Antonio Bello Pérez y de Francisco Bello Botana, debo declarar y declaro:

Que José María Bello Gaudioso (antes Gaudioso Calvo) es heredero forzoso de su padre Antonio Bello Pérez.

La preterición intencional de José María Bello Gaudioso (antes Gaudioso Calvo) en la herencia de su padre Antonio Bello Pérez, procediendo la reducción de la institución de herederos, legados y demás disposiciones testamentarias en cuanto perjudiquen la legítima de José María Bello Gaudioso (antes Gaudioso Calvo) en la citada herencia.

Condenando a los demandados al pago de la legítima del demandante (una quinceava parte de la herencia).

Se imponen las costas procesales a los demandados.

La presente resolución no es firme, y frente a ella podrá interponerse, por escrito, ante este juzgado, dentro de los cinco días siguientes a su notificación, recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de A Coruña».

Y como consecuencia del ignorado paradero de los herederos desconocidos e inciertos de Antonio Bello Pérez y de Francisco Bello Botana, se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Ordes, 4 de abril de 2011.